La Fiscalía ordena a los Mossos que actúen ante actos de sedición

ABC – 11/11/15

· Los funcionarios que ejecuten la «desconexión» serán investigados en la Audiencia Nacional.

Cualquier funcionario que participe en el proceso de «desconexión» lanzado desde el Parlamento catalán ya sabe a qué atenerse: la Fiscalía de la Audiencia Nacional ha ordenado a los Mossos d’Esquadra, a la Policía y a la Guardia Civil que –una vez que el Tribunal Constitucional (TC) «deje sin efecto» la declaración unilateral de ruptura con España, lo que sucederá hoy al suspenderla– comuniquen a la Audiencia Nacional «cualquier hecho» que ejecute el «mandato ilegal» de independencia, porque podrían constituir delitos de sedición y rebelión, castigados con hasta 15 y 30 años de prisión, respectivamente. Ante uno de estos posibles delitos, los agentes deberán elaborar un atestado que será enviado «con carácter urgente» al juez central y al fiscal de la Audiencia Nacional que estén de guardia.

El mismo día en el que el TC permitía el pleno del Parlamento catalán sobre la resolución, el 5 de noviembre, la Fiscalía dio un importante salto cualitativo. Todos alerta. El fiscal jefe de la Audiencia Nacional Javier Zaragoza envió una instrucción a las unidades policiales en la que explicaba que la Audiencia es competente para investigar los delitos contra la forma de Gobierno cuando sean responsables «autoridades, funcionarios públicos o particulares». Se refiere a «la ejecución de actos de rebelión y sedición cuando la finalidad sea cambiar ilegalmente la organización territorial del Estado y declarar la independencia de una parte del territorio nacional, en el caso en cuestión de la Comunidad Autónoma de Cataluña». La norma, explica el fiscal, también castiga a los que conspiren, propongan y provoquen para cometer los delitos.

La competencia no se extiende a los diputados del Parlamento catalán, ni a los miembros del Consejo de Gobierno de la Generalitat, por su condición de aforados. Contra ellos, debería actuar el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y, en su caso, el Supremo. Esta orden significa que en el caso de la consulta ilegal del 9 de noviembre de 2014, la Justicia habría actuado no solo contra los responsables políticos; también contra los demás eslabones, como los directores de los centros donde se votó.

La Fiscalía argumenta que tomar decisiones «haciendo caso omiso de la decisión del TC» podría constituir un delito de sedición, además de «prevaricación, desobediencia, usurpación de atribuciones o uso indebido fondos públicos».