La Fiscalía y el cinismo del Gobierno

JAVIER TAJADURA TEJADA, EL CORREO – 19/11/14

Javier Tajadura Tejada
Javier Tajadura Tejada

· La respuesta al desafío del 9N no debe ser judicial penal, ha de ser política y emanar del Gobierno; el presidente no puede parapetarse detrás del fiscal general.

El domingo 9 de noviembre se produjo en Cataluña un quebrantamiento del orden legal. Los poderes públicos catalanes actuaron al margen y en contra del ordenamiento jurídico y llevaron a cabo una seudoconsulta que había sido suspendida por el Tribunal Constitucional. Fue un día aciago para la democracia puesto que la voluntad de la Generalitat catalana se impuso al principio de legalidad. En este contexto no cabe ninguna duda de que el Estado de Derecho debe responder con los instrumentos adecuados. Ahora bien, resulta muy discutible que esa respuesta deba proceder del fiscal general del Estado, y en ese sentido, revestir la forma de una querella. Y ello, básicamente, por dos razones: en primer lugar, porque no todo acto contrario a la ley puede ser calificado como delictivo; y en segundo para preservar la posición institucional del Ministerio Fiscal como defensor imparcial de la legalidad.

Es evidente que el 9 de noviembre pasado Artur Mas y su Gobierno –al ignorar la suspensión de la seudoconsulta decretada por el Tribunal Constitucional– violaron la ley, pero no lo es que, con ello, incurrieran en algún tipo delictivo: ni desobediencia, ni prevaricación, ni malversación de fondos públicos. Cualquier jurista sabe que –aunque el matiz sea difícil de asumir por el ciudadano de a pie– no cabe apreciar delito de desobediencia en el incumplimiento de la resolución del Tribunal Constitucional porque este no formuló un requerimiento expreso a la Generalitat para que desistiera de su conducta, y ello a pesar de que el Gobierno lo había solicitado. El delito de desobediencia a una resolución judicial no puede cometerse de no existir ese requerimiento, y cualquier querella que se presente contra Mas por ello está abocada al fracaso.

El presupuesto del delito de prevaricación, por su parte, es la existencia de una resolución dictada a sabiendas de su carácter injusto. En la medida en que Mas no ha aprobado ningún tipo de resolución es muy difícil imputarle un delito de prevaricación. Y más inviable es aun acusarle de malversación porque los fondos empleados estaban destinados en los Presupuestos –aprobados por el Parlamento catalán– a ese fin. Estas consideraciones son las que han llevado a la Junta de Fiscales de Cataluña a concluir que no hay base jurídica para presentar una querella contra el presidente Mas. En realidad no la hay desde el momento en que las Cortes Generales derogaron el artículo del Código Penal que tipificaba como delito la convocatoria y celebración de un referéndum o consulta ilegal. El efecto de esa derogación fue hacer inviable una querella contra el presidente de una comunidad que incurriera en esa conducta.

El Gobierno, con su mayoría parlamentaria, podría haber recuperado a tiempo esa figura delictiva, pero no lo hizo. Ahora pretende subsanar esa negligencia poniendo en peligro la posición institucional del Ministerio Fiscal. Es cierto que el Ministerio Fiscal es un órgano jerarquizado en cuya cúpula se sitúa el fiscal general del Estado y que este es nombrado por el Gobierno. Ahora bien, y esto es muy importante recordarlo, el Gobierno no puede cesar al fiscal general por pérdida de confianza. Esa imposibilidad es la que garantiza la independencia del fiscal general en el ejercicio de sus funciones.

El Gobierno la lesionó cuando anunció –sin que el fiscal general hubiera dicho nada– que la Fiscalía iba a querellarse contra Mas. Por otro lado, el hecho de que el fiscal general haya ordenado –en contra del criterio de los fiscales catalanes– presentar una querella contra Artur Mas transmite una imagen de división del Ministerio Fiscal en un asunto fundamental. El artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal prevé que en esos casos de discrepancias se convoque a la Junta de Fiscales de Sala, y oída esta corresponde al fiscal general adoptar la decisión definitiva, pero basada siempre en la defensa del principio de legalidad y nunca en razones de oportunidad política. La decisión del fiscal, sea la que fuere, determinará la posición de la Fiscalía en los numerosos procedimientos ya abiertos como consecuencia de las denuncias formuladas por diversos ciudadanos y grupos en los tribunales catalanes.

En definitiva, dado que el delito de celebración de consultas ilegales fue derogado por las Cortes, en el caso de que la Fiscalía presente una querella contra Mas cabe prever que no tendrá éxito y sólo contribuirá a erosionar –injustamente– la posición del Fiscal General, que dicho sea de paso ha dado muchas y meritorias muestras de independencia respecto al actual Gobierno.

La respuesta del Estado de Derecho al desafío lanzado por Artur Mas no puede ni debe ser judicial penal. Tiene que ser una respuesta política, y emanar del Gobierno en el ejercicio de su función de «defensa del Estado» (art. 97 de la Constitución) El Gobierno no puede hacer dejación de sus responsabilidades y parapetarse detrás de los tribunales y del fiscal general. Resulta de un cinismo asombroso decir que la seudoconsulta se celebró porque el Tribunal Constitucional no requirió expresamente a Mas que no la celebrara –lo que es cierto– obviando que lo que la Constitución dispone para estos casos de insumisión al ordenamiento por parte de una comunidad autónoma es –según el artículo 155– que sea el propio presidente del Gobierno quien realice el requerimiento y, en su caso, adopte –bajo su propia responsabilidad– las medidas necesarias para que se cumpla.

JAVIER TAJADURA TEJADA, EL CORREO – 19/11/14