Editorial-ABC
- Las dudas sobre el CERA y la vulnerabilidad del voto no presencial exigen garantías y respeto a las instituciones, no descalificaciones
La Junta Electoral Central acordó el pasado lunes cumplir las medidas cautelares adoptadas por el Tribunal Supremo sobre los efectos electorales de las nacionalizaciones derivadas de la llamada ‘ley de nietos’. Lo hizo después de una reunión especialmente tensa y por un margen revelador: siete de sus trece vocales rechazaron recurrir la decisión frente a los seis partidarios de hacerlo. La JEC deberá ahora desglosar las inscripciones y distinguir entre quienes cumplen los requisitos establecidos por la ley y quienes accedieron a la nacionalidad conforme a la interpretación ampliada por una instrucción de Justicia de 2022.
Conviene precisar qué se discute. El Supremo no cuestiona el derecho de sufragio de los españoles por razón de su origen ni establece categorías entre ciudadanos. Lo que somete a control es que una simple instrucción administrativa pudiera ampliar sustancialmente los supuestos previstos por el legislador para adquirir la nacionalidad y producir, como consecuencia, efectos sobre el censo electoral. La Sala ha apreciado un «peligro fundado, real y serio» para la objetividad y transparencia de los procesos electorales y ha suspendido cautelarmente determinados efectos mientras resuelve el fondo.
La respuesta del Gobierno ha sido particularmente irresponsable. Óscar López ha calificado la resolución de «salvajada» y «atropello democrático» y ha acusado a sectores de la judicatura de ser «salvapatrias» y «lobos solitarios» empeñados en derribar al Ejecutivo. Convertir una controversia jurídica sobre las garantías del censo en una supuesta conspiración judicial constituye un ataque intolerable a la separación de poderes.
El asunto exige una reflexión más amplia. El sistema electoral español ofrece garantías extraordinariamente sólidas desde que el voto entra en la urna: mesas formadas por ciudadanos, representantes de los partidos y escrutinio público. Las vulnerabilidades aparecen antes, allí donde el elector vota fuera de ese entorno protegido. El voto por correo admite, en su fase previa a la recepción por Correos, riesgos de compra, coacción o intercambio de favores, como acreditaron las investigaciones sobre la presunta compra de votos en Melilla durante las elecciones de 2023. La fortaleza del escrutinio no debe servir, por tanto, para ignorar las debilidades que puedan existir en las fases anteriores de emisión del sufragio.
No se trata de alimentar teorías de pucherazo, para las que no existen pruebas, sino precisamente de impedir que encuentren terreno fértil. Estados Unidos ofrece estos días una enseñanza útil: su Tribunal Supremo, de mayoría conservadora, ha bloqueado las restricciones al voto postal que Donald Trump pretendía aplicar a cincuenta días de las elecciones mientras se resuelve la legalidad de fondo. Las reglas electorales no pueden quedar al arbitrio del poder político.
Suecia muestra, desde otra perspectiva, la trascendencia política que puede alcanzar una rápida transformación del cuerpo electoral. Cerca de un millón de ciudadanos de origen extraeuropeo representan ya alrededor del 13 por ciento de sus votantes y el 70 por ciento apoyó el domingo al bloque de izquierdas, en unas elecciones decididas por un margen mínimo. No cabe extrapolar mecánicamente ese comportamiento a España, pero sí extraer una conclusión: cuando la incorporación de nuevos ciudadanos adquiere dimensiones capaces de influir en los equilibrios electorales, resulta todavía más imprescindible que las condiciones de acceso a la nacionalidad y al censo estén determinadas por reglas legales claras, previsibles y ajenas a cualquier discrecionalidad administrativa.
La confianza democrática exige que cada voto sea libre y cada inscripción censal responda inequívocamente a la ley. La limpieza de unas elecciones depende tanto de la corrección del recuento como de la certeza sobre quién puede votar y en qué condiciones. Revisar las garantías no debilita nuestro sistema electoral. Lo debilita que el Gobierno descalifique a los jueces cuando ejercen precisamente la función de garantizarlas.