El borrador de la Comisión de Venecia hecho público ayer y en el que se analiza la futura ley de amnistía española ofrece argumentos en un sentido y en otro que serán utilizados de forma ventajista por el PP y el PSOE en defensa de sus posturas.
Parece difícil negar, sin embargo, que el documento exige una serie de requisitos legales y políticos que no se cumplen en el caso de la ley de amnistía diseñada por el Gobierno.
El documento de la Comisión, órgano consultivo del Consejo de Europa en materia constitucional, afirma la obviedad de que la ley de amnistía ha dividido «profundamente» a la sociedad española, algo que aconsejaría aprobar la norma «por una mayoría cualificada».
Por el contrario, y en clara contradicción con lo que ha sostenido EL ESPAÑOL en anteriores editoriales, no ve una afectación grave de la separación de poderes.
También afirma que la «normalización» de Cataluña es un «objetivo legítimo», algo que supone asumir el relato de la existencia de un conflicto político entre el Estado y Cataluña. Algo que parece olvidar que el problema en Cataluña no fue político, sino delincuencial, tras el intento de subversión del orden constitucional por parte de las autoridades de la administración autonómica catalana.
Asimismo, el borrador rechaza el procedimiento de urgencia empleado por el Gobierno español, defiende la necesidad de una reforma constitucional previa y advierte de que la amnistía no podrá aplicarse a «individuos específicos», algo que contradice de forma evidente el propósito de la ley propuesta por el Gobierno.
Es falso por tanto, como sostuvo ayer la Moncloa y fue publicado en varios medios de la órbita socialista, que la Comisión de Venecia haya dado su visto bueno a la amnistía.
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El borrador de la Comisión no aporta información ni argumentos novedosos que no hayan sido planteados ya en España. Que varios países europeos cuentan con leyes de amnistía es una evidencia. Que nuestro ordenamiento no permite una ley de ese tipo, otra.
Y de ahí que el borrador reconozca que no le corresponde a la Comisión determinar la constitucionalidad o la inconstitucionalidad de la ley de acuerdo al Derecho español.
Tampoco dice nada el borrador sobre la idoneidad de la ley para conseguir el fin deseable de la reconciliación. De hecho, parece negarlo de forma implícita al reconocer que la ley ha polarizado muy gravemente a la sociedad española, generando «una profunda y virulenta división en la clase política, en las instituciones, en el Poder Judicial, en el mundo académico y en la sociedad de España».
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La interpretación del borrador ha desatado una batalla por el relato entre PP y PSOE en base a unas interpretaciones más voluntaristas que reales. Si el borrador fuera un texto vinculante en su literalidad, la ley de amnistía del Gobierno no cumpliría varios de los requisitos exigidos por él, y entre ellos el de ser fruto de un amplio consenso político.
Tampoco cumple la ley de amnistía española el requisito de ser determinada en el objeto y en el tiempo, lo que viola los principios de seguridad jurídica y legalidad penal.
O el de incluir una correcta definición de los delitos amnistiados, y entre ellos el de malversación.
Tampoco el de no haber sido diseñada para individuos concretos, dado que el Gobierno la ha modificado en varias ocasiones para adaptarla a las circunstancias particulares de Carles Puigdemont.
Finalmente, la ley no ha contado con los informes preceptivos ni ha permitido la participación de la sociedad española en su elaboración.
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Llama la atención, finalmente, la insistencia del Gobierno en el supuesto aval de la Comisión de Venecia a su ley de amnistía cuando, en primer lugar, se trata únicamente de un borrador.
Y, en segundo lugar, cuando las recomendaciones de la Comisión en referencia a la necesidad de modificar la ley del CGPJ para que sean los jueces los que escojan a los jueces han sido obviadas durante décadas por el PSOE.