ABC 21/12/15
· Les permitiría frenar una reforma de la Constitución aunque el resto de partidos la impulsara en el Congreso sin ellos
Obtiene nueve escaños, que sumados a sus cinco natos le permitirían tener grupo propio en la Cámara; Ciudadanos se queda fuera Pierde un senador y se queda con 47 electos, su peor cifra desde las elecciones de 1982
El Partido Popular ha vuelto a conseguir una amplia mayoría en el Senado con la que podrá compensar su debilidad en el Congreso y, en su caso, paralizar reformas como la de la Constitución si el resto de las formaciones decidiera llevarla finalmente a cabo, tal y como han prometido en sus programas. Al 99.1% del escrutinio, las urnas otorgaban al PP 124 escaños, doce menos que los 136 que obtuvo en las urnas en 2011, pero que unidos a los 21 que ya tiene sentados en la Cámara Alta por designación autonómica darían una suma de 145, cifra que supera con comodidad la mayoría absoluta de 133 parlamentarios.
Por detrás, entra con cierta fuerza en la institución uno de los dos partidos emergentes de mayor empuje, Podemos que irrumpe con nueve senadores, que se añaden a los cinco que la organización liderada por Pablo Iglesias ya logró tras los comicios del 24 de mayo. La suma de 12 le permitiría tener grupo propio en la Cámara Alta. La marca en Cataluña «En comú podemos» ha conseguido otros cuatro senadores.
Quien se queda fuera del reparto, a falta de que sea definitivo, es Ciudadanos que, no obstante, está representado ya con dos miembros gracias a los resultados que obtuvo en los comicios autonómicos.
En términos de fracaso se analiza el resultado del PSOE en este 20-D, en la medida en que pierde un senador electo con respecto a los 48 que ha tenido esta legislatura, y que constituían su peor registro desde 1982. Se queda, por tanto, con 47, que en todo caso estarán junto a los 19 socialistas que ya ocupan el hemiciclo por designación autonómica. En consecuencia, el total alcanza a 66.
Con representaciones inferiores, y a falta de que los números del escrutinio sean definitivos, constaban ayer con seis senadores cada uno las fuerzas Democràcia i Llibertat (la marca de Convergència Democratica de Catalunya), el PNV y ERC. Con dos aparecía En Marea y con un único parlamentario en la Cámara Alta figuraban Coalición Canaria; Compromís; Cambio Aldaketa y la Agrupación Socialista Gomera.
Clave en el bloqueo
Paradójicamente, aunque en el tiempo político que se avecina se hable con gran intensidad de la desaparición del Senado, es posible que sea el momento en que esta institución adquiera un protagonismo que nunca antes ha tenido.
Sería así en caso de que el resto de partidos decidieran activar una reforma de la Constitución, en tanto que podrían impulsarla en el Congreso, aunque siempre quedaría abortada en la Cámara Alta por la mayoría conseguida por el PP.
En concreto, la propia Constitución prevé en su artículo 167 que «los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras», lo que supone que toda modificación debería contar con 210 votos en el Congreso –lo que es posible al margen del PP– y 159 votos en el Senado, suma que no alcanzan ni todas las fuerzas juntas que han quedado en la oposición de la Cámara Alta.
La Carta Magna establece a continuación en su artículo 168 que, de no lograrse la aprobación mediante este procedimiento, la reforma podrá ponerla en marcha el Congreso por mayoría de dos tercios –233 diputados, aunque aparte del PP solo hay 227–, pero además siempre que «el texto hubiere obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado», lo que de nuevo dejaría cualquier movimiento en manos de los populares.
Esta fuerza del PP en el Senado podría ser determinante también a la hora de poner en marcha otras decisiones de gran calado, como la de aplicar el artículo 155 de la Carta Magna, que permitiría al Estado intervenir para obligar a las autoridades de Cataluña a cumplir la ley cuando se hubiera agotado todas las vías de control. M. B. En el Senado, 57 miembros actuales no han sido elegidos en las urnas
Poder de vetar
La principal función del Senado es la legislativa, aunque la tramitación parlamentaria de todo texto de esa naturaleza se inicia habitualmente en el Congreso de los Diputados, con excepción de un caso: en los proyectos del Fondo de Compensación Interterritorial, que se justifica en razón de la concepción del Senado como Cámara de representación territorial.
El Senado debe deliberar sobre textos ya aprobados por el Congreso de los Diputados en un tiempo acotado y breve: dos meses normalmente y veinte días en el caso de que se haya declarado urgente la tramitación. También puede oponer su veto o introducir enmiendas a los textos legislativos que le sean remitidos por el Congreso de los Diputados.
El veto debe ser aprobado por mayoría absoluta del Senado y las enmiendas por mayoría simple, herramienta a través de la cual el PP podría complicar la labor de la Cámara Alta en caso de que finalmente fueran otras fuerzas las que constituyeran en ella una mayoría. En todo caso, el Congreso de los Diputados siempre puede acabar levantando los vetos ratificando por mayoría absoluta el texto que remitió al Senado y también puede deshacer las enmiendas del Senado aceptándolas o no por mayoría simple.
Reparto a dos
Los ciudadanos eligieron ayer 208 de los 266 miembros del Senado, por regla general a razón de cuatro por provincia, mediante procedimiento de listas abiertas. Ese sistema de voto hace especialmente complicado el escrutinio, en tanto en una misma papeleta figuran los nombres que proponen todos los partidos políticos, –tres por cada uno de ellos–, y son los votantes los que pueden marcar como máximo hasta tres cruces repartidas a voluntad: o a un mismo partido, o a varios.
La experiencia demuestra que muchos votantes invalidan la papeleta al marcar más casillas de las que corresponden, pero también se ha puesto en evidencia que no utilizan las listas abiertas, sino que se tiende a marcar las cruces en los tres aspirantes de la misma candidatura. Esa circunstancia hace que la dispersión de escaños sea mínima, y que en las mayoría de las circunscripciones todo quede entre dos partidos, sin que pueda conseguir representación un tercero.
La prueba es que, hasta el momento, ese reparto se ha producido entre el PP y el PSOE, a los que se suman las formaciones nacionalistas o regionalistas donde las hay.
El sistema dio al PP en 2011 el mejor resultado obtenido por un partido político en democracia en la historia del Senado: se hizo con 136 de los 208 senadores en liza.
El cómputo de senadores en unos partidos y otros cambia a lo largo de la legislatura en función de los resultados de las elecciones autonómicas que se van celebrando, por lo que es habitual que las siglas políticas tengan a lo largo de los cuatro años diferente número de representantes en esta Cámara.
Toma de posesión
Los senadores elegidos tomarán posesión de su escaño el 13 de enero, el día de la constitución del Congreso y del Senado e inicio de la XI Legislatura, según consta en el decreto de disolución de las Cortes y de convocatoria de los comicios aprobado el pasado mes de octubre. En todo caso, a partir de hoy lunes se les considerará a sueldo de la institución, aunque no percibirán su primer salario como senadores hasta enero.