Ignacio Camacho-ABC

  • Al conceder permiso al matarife pese a su ‘gravedad delictiva’, el juez parece consciente del agravio moral a las víctimas

José Javier Arizkuren Ruiz, alias ‘Kantauri’, está condenado por nueve asesinatos aunque se le atribuye participación material o intelectual en más de veinte atentados. Entre las víctimas mortales, sin contar heridos, de su actividad sobre el terreno en la década de los ochenta hay una docena larga de miembros de la Guardia Civil, la Policía, el Ejército y hasta un cartero. Intervino en varios ataques con coche bomba, entre ellos el perpetrado contra Irene Villa y su madre, y en su etapa de jefe terrorista en Francia como responsable de los comandos armados ordenó matar a Fernando Múgica y al matrimonio Jiménez Becerril, además de preparar e inducir los secuestros de Ortega Lara y Cosme Delclaux y el intento fallido de tirotear al Rey Juan Carlos. Aún tiene pendientes los juicios por su autoría delegada en los crímenes de Gregorio Ordóñez y de Miguel Ángel Blanco. Le quedan por cumplir cuatro años de los treinta que el ordenamiento establece como pena máxima por muchos delitos que tenga acumulados. En la cárcel formó siempre parte del núcleo de irreductibles aunque al final, tras su traslado a un centro de reclusión navarro, aceptó firmar uno de esos escritos de ‘petición de perdón’ en abstracto y solicitó acogerse a uno de los programas de ‘justicia restaurativa’ (sic) puestos en marcha por el Gobierno Vasco para justificar las medidas de alivio penitenciario incluidas en unos pactos con Bildu cuyos detalles jamás han sido revelados. El dicho programa ni siquiera se llevó a cabo.

No le ha hecho falta. La Audiencia Nacional acaba de otorgar al matarife un permiso parcial contra el criterio expreso –«es desaconsejable y difícil de entender»– de la juez de vigilancia. El juez que ha redactado la ponencia es José Ricardo de Prada (sí, el de la ‘morcilla’ de la sentencia Gürtel), habitualmente favorable a la concesión de beneficios y progresiones de grado a los presos de la banda por considerar que las condenas aplicadas en el sistema jurídico español son desproporcionadas. De Prada tiene tanto derecho a ejercer su autonomía profesional como cualquier otro magistrado de posiciones doctrinales contrarias, faltaría más, y en este caso había otros dos miembros de la Sala que han compartido el argumento de que la «gravedad delictiva» del recluso no puede operar como causa de exclusión indefinida y automática. Sin embargo, cuando el propio auto explica que la resolución no supone una desatención a las víctimas –excusa no solicitada– está manifestando una cierta mala conciencia tácita, no ya respecto a la reacción de los afectados sino a la sensibilidad social mayoritaria. Dicho con otras palabras, los ropones no ignoran el contexto político de su fallo ni la previsible reacción ciudadana. Pero las disculpas preventivas no bastan: el respeto a los inocentes asesinados también forma parte de la memoria democrática… en el caso de que todavía quede gente dispuesta a conceder importancia al agravio moral que entraña este proceso de excarcelación gradual de los etarras.