El Tribunal Constitucional hizo ayer miércoles lo correcto, tanto jurídica como políticamente.
Al inadmitir por prematuro el recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo contra la suspensión cautelar del voto de los nacionalizados al amparo de la llamada ley de nietos, el órgano de garantías ha evitado una intromisión electoral que habría sido grosera y jurídicamente insostenible.
Esa intromisión habría consistido en reactivar, de un plumazo y sin agotar la vía ordinaria, el derecho de sufragio de más de 160.000 personas cuyo acceso al censo electoral en el extranjero está en entredicho por la muy dudosa forma en que se produjo su nacionalización.
El Supremo mantiene abierta la cuestión. Los afectados aún pueden alegar ante la Sala Tercera y votar si demuestran cumplir las condiciones establecidas por la ley de nietos.
Cortocircuitar ese procedimiento habría convertido al Constitucional, una vez más, en un tribunal de casación superior que corrige al Supremo en caliente. Le habría convertido, también, en cómplice de una burda manipulación del censo electoral al amparo de una decisión unilateral de la hermana de Óscar Puente al modificar una ley promulgada por el Parlamento español.
No habría sido, en cualquier caso, la primera vez.
En la amnistía y en los ERE de Andalucía el Constitucional ya ocupó ese espacio de «Tribunal Supremo del Tribunal Supremo», forzando interpretaciones o revisando condenas en sintonía con los intereses personales de Pedro Sánchez.
Esa práctica reiterada ha dinamitado la confianza de los ciudadanos en las instituciones del Estado y ha alimentado la percepción (ampliamente compartida) de un Tribunal Constitucional al servicio no ya del PSOE, sino de Pedro Sánchez en persona.
Por eso es importante que, en esta ocasión, al filo de unas elecciones generales en las que los españoles se juegan algo más que un simple cambio de Gobierno, la mayoría progresista no haya actuado como se temía. La votación (de diez a dos) muestra que ni siquiera dentro del bloque que suele respaldar al Gobierno ha prevalecido la tentación de hacerle un último favor electoral a Sánchez.
Sólo dos magistrados progresistas han defendido la admisión. El propio Conde-Pumpido se ha abstenido de hacerle ese último favor a Sánchez.
El origen del problema no es una disputa abstracta sobre el derecho al voto. Está en la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática y, sobre todo, en la instrucción con la que el Ministerio de Justicia amplió su alcance.
Esa instrucción, impulsada desde la Secretaría de Estado de Justicia por Sofía Puente (la citada hermana del ministro de Transportes), flexibilizó o eliminó en la práctica la exigencia de acreditar el exilio político o ideológico que el legislador había establecido.
El resultado fue la nacionalización de decenas de miles de personas sin prueba alguna del cumplimiento de los requisitos legales.
Sofía Puente ha sido imputada por prevaricación precisamente por esa gestión.
Y no se trata de un tecnicismo. Se trata de que la Administración socialista retorció la voluntad del Congreso mediante una instrucción ministerial y luego pretendió que ese resultado se consolidara en el censo electoral.
La cuestión electoral es ya de por sí suficientemente grave. La limpieza del proceso del 29 de noviembre exige que sólo voten los españoles que reúnen las condiciones establecidas por la ley para poder hacerlo.
Pero el problema es más profundo. Afecta a la arquitectura institucional de la España constitucional: a los límites entre la jurisdicción ordinaria y la constitucional, al principio de que la Administración no puede ampliar unilateralmente lo aprobado por las Cortes y al respeto a los procedimientos.
Si se normalizara que una instrucción ministerial reescriba una ley y que el Constitucional corrija al Supremo para favorecer al Gobierno de turno se pondría en duda la misma limpieza de las elecciones generales.
Es decir, se sembraría la duda sobre si el resultado de las elecciones coincidía con la voluntad de los españoles o estaba contaminada por los votos de cientos de miles de personas que no son ni deberían ser españoles.
Que en este caso concreto el Constitucional haya señalado lo prematuro del recurso y no haya levantado la suspensión del Supremo es un dato positivo.
No rehabilita la confianza en un tribunal cuyo historial reciente pesa demasiado, ni borra la sensación de que ha actuado en demasiadas ocasiones como instrumento de la mayoría gubernamental.
Pero sí evita una nueva ocupación del espacio del Supremo en un momento electoral especialmente delicado.
No ha sido tan correcto el ministro de Exteriores Albares, que ha pedido que se deje «tranquila» a España y que ha denunciado supuestas injerencias externas de cara al 29-N con el pretexto de la visita de Milei a España. Una acusación, la de injerencia electoral, de la que Albares no ha dado prueba alguna y que, de ser cierta, exigiría del ministro algo más que una declaración frente a los medios.
Pero los ministros del Gobierno son ya los últimos en creerse los delirantes argumentos de sus asesores, que crecen en disparate a medida que se acerca la fecha de las elecciones.
La suspensión cautelar se mantiene. Eso protege, al menos temporalmente, la integridad mínima del censo y obliga a resolver la cuestión por los cauces ordinarios.
No es definitivo, pero es más de lo que muchos esperaban. A expensas de los nuevos movimientos que pueda hacer el Gobierno respecto a este asunto, los españoles pueden estar hoy un poco más seguros de ayer de que las elecciones del 29-N serán limpias.
O, al menos, de que el censo no habrá sido groseramente manipulado por el sanchismo en su beneficio.