La abogada Jone Goirizelaia expuso los argumentos por los que pide revocar la condena por enaltecimiento del terrorismo de la Sección Cuarta, por un acto de Otegi a favor del preso etarra que más tiempo llevaba -y lleva- entre rejas, José María Sagarduy.
La defensa de Arnaldo Otegi alegó ayer ante el Tribunal Supremo que el líder de Batasuna fue condenado el año pasado a dos años de cárcel por un tribunal «parcial» y por el mero hecho de «ser portavoz».
La abogada Jone Goirizelaia expuso los argumentos por los que pide revocar la condena por enaltecimiento del terrorismo de la Sección Cuarta, por un acto de Otegi a favor del preso etarra que más tiempo llevaba -y lleva- entre rejas, José María Sagarduy.
Las tesis de Goirizelaia tuvieron enfrente a los abogados del Foro Ermua, Fernando García-Capelo, y de Dignidad y Justicia, Elisa Ferrer-Sama. También la Fiscalía pide mantener la condena a dos años, pese a que en la Audiencia reclamó año y medio.
Las quejas de parcialidad de Otegi se basan en que la presidenta de la Sección Cuarta, Ángela Murillo, también ponente de la sentencia, le preguntó si condenaba «rotundamente» el terrorismo. Cuando el dirigente abertzale dijo que no iba a responder, la magistrada soltó un «ya lo sabía».
A juicio de Goirizelaia, el episodio revela una «falta de imparcialidad» de la magistrada. La abogada recordó que el propio fiscal del Supremo consideró que esa actuación había sido «cuando menos de carácter irregular». «Aquí estamos ante un derecho penal de autor», dijo, «no se puede condenar al señor Otegi por ser el señor Otegi, por ser el portavoz, porque habitualmente habla».
También alegó que la frase por la que fue condenado nunca había sido empleada por las acusaciones, que se habían centrado en otra en la que Otegi comparaba al preso etarra con Mandela. La que el tribunal consideró delictiva fue el «se lo debemos» con el que Otegi, al final de su intervención, se refirió a los «presos políticos vascos, refugiados y camaradas».
En otro punto de su argumentación, la abogada afirmó que se habían producido múltiples irregularidades en torno al vídeo del acto en el que se basó la condena.
EL MUNDO, 27/1/2011