Otegi podrá ser candidato porque su inhabilitación es imprecisa

EL MUNDO – 22/06/15

· La condena no concretó la prohibición, que expiraba en 2021 La tesis de la Fiscalía también favorece a Permach, Landa y Etxeberria.

Arnaldo Otegi podrá ser candidato a lehendakari en las elecciones previstas para el año que viene pese a la condena de inhabilitación impuesta por intentar reconstruir Batasuna. Conforme a la interpretación que acaba de hacer la Fiscalía General del Estado sobre las condenas a inhabilitación especial, la impuesta al dirigente abertzale por el caso Bateragune no puede ejecutarse, lo que implica que no tendrá obstáculos para encabezar una lista electoral cuando salga de prisión.

Lo único que a día de hoy impide a Otegi ser candidato es que sigue preso. Y eso a pesar de que, tras la confirmación en 2012 por parte del Tribunal Supremo de la condena a seis años y seis meses de prisión y otros tantos de inhabilitación, el dirigente abertzale no habría podido ejercer cargo público hasta 2021.

Cuando en mayo de 2012 el Tribunal Supremo confirmó su condena por pertenencia a organización terrorista –seis años y medio de prisión y otros tantos de inhabilitación–, el cálculo que hacía el dirigente abertzale era que, aunque terminara de cumplir la pena de prisión, seguiría inhabilitado hasta abril de 2021. De esa forma, la cabeza visible de la izquierda abertzale tenía vetado el acceso al Parlamento vasco durante varias legislaturas.

Pero su futuro político se ha despejado de golpe con la resolución del caso de Iker Casanova, condenado en el caso Ekin a siete años y medio de prisión y otros tantos de «inhabilitación especial para empleo o cargo público». Casanova, pese a la condena, es y va a seguir siendo diputado autonómico de Bildu.

Cuando Casanova salió de prisión y recibió el acta de diputado, Dignidad y Justicia llevó el asunto a la Fiscalía General del Estado, al considerar que seguía estando inhabilitado para el puesto. La respuesta del Gabinete Técnico a la asociación dirigida por Daniel Portero fue que, efectivamente, la condena de inhabilitación aún no se ha extinguido… Pero que no hay manera de ejecutarla.

El fiscal jefe de la Secretaría Técnica, José Miguel de la Rosa, explica en su informe que ni en la sentencia de la Audiencia Nacional ni en la posterior del Supremo se precisaron los cargos públicos a los que afectaba la inhabilitación especial. Y no se hizo pese a que el Código Penal establece, y así lo ha recordado la jurisprudencia, que al imponer una inhabilitación de tipo especial debe indicarse a qué puestos concretos no podrá acceder el condenado.

El caso de Otegi es el mismo de Casanova. La sentencia de Bateragune no hizo esas precisiones, por lo que, conforme a la tesis de la Fiscalía, puede considerarse como no impuesta esa parte de la condena. Lo único que a fecha de hoy impide a Otegi ser candidato es que sigue preso, puesto que la ley electoral declara inelegibles a quienes se encuentren en la cárcel. El dirigente abertzale terminará de cumplir su condena el próximo mes de abril. En cuanto quede libre podrá encabezar cualquier lista electoral.

Inicialmente, su condena a «inhabilitación especial para empleo o cargo público» iba a prolongarse hasta 2021, ya que antes de empezar a cumplirla debía afrontar otra inhabilitación impuesta por enaltecer al jefe etarra Argala. Esa sí era ejecutable sin problemas, porque no era «especial», sino «absoluta», lo que implicaba que afectaba a todos los cargos públicos sin necesidad de especificarlos.

La resolución del asunto Casanova ha supuesto una desautorización al fiscal jefe del País Vasco, Juan Calparsoro, que sostuvo que la inhabilitación especial desaparecía con la puesta en libertad. La tesis que finalmente se ha impuesto es la que defendió en un informe alternativo la Fiscalía de la Audiencia Nacional: que era una condena autónoma que podía seguir cumpliéndose tras salir de prisión, si bien no se puede hacer efectiva si no se especifica su alcance. Este escrito del fiscal de la Audiencia Nacional fue remitido a la Fiscalía General del Estado. Su pronunciamiento ha sido el definitivo sobre el caso de Casanova.

La conclusión de la Secretaría Técnica, órgano asesor de la fiscal general del Estado, Consuelo Madrigal, puede aplicarse a decenas de condenas por terrorismo, ya que las inhabilitaciones que durante años ha impuesto la Audiencia no especificaban los cargos afectados.

EL MUNDO – 22/06/15