ABC 03/05/13
Pese a afrontar su penúltima reunión, el Tribunal sigue sin incluir en su orden del día la suspensión de la «Declaración de Soberanía» catalana
A falta solo de dos plenos para que Pascual Sala concluya su mandato como presidente del Tribunal Constitucional, de momento no ha incluido en el orden del día de las deliberaciones pendientes la impugnación del Gobierno central contra la llamada «Declaración Soberanista» aprobada por el Parlamento catalán el pasado 23 de enero. Aunque el orden del día previsto para las deliberaciones de la próxima semana, de martes a jueves, puede sufrir alguna alteración si el propio Sala decidiese incorporar este debate mediante una adición –algo que no descarta el resto de magistrados–, lo cierto es que de momento sigue en el aire una eventual suspensión del texto que sirve a Artur Mas como embrión jurídico de su desafío secesionista.
Renovación en junio
Fuentes del Tribunal dan por descontado que finalmente Sala no podrá eludir este debate jurídico. Pero a día de hoy está abierta la posibilidad de que sea la nueva composición del Tribunal que surja tras el proceso de renovación del próximo 4 de junio la que tome una decisión respecto a la declaración soberanista.
De hecho, el TC está pendiente de la renovación de cuatro de sus doce miembros que concluyen mandato: el propio Sala como presidente; Ramón Rodríguez Arribas como vicepresidente; y los magistrados Manuel Aragón y Pablo Pérez Tremps. Los dos primeros fueron designados a propuesta del Consejo General del Poder Judicial, y los otros dos, a iniciativa del Gobierno. Ambas instituciones son las que están ultimando ya la propuesta de los relevos, lo que obligará de inmediato al nombramiento de un nuevo presidente del TC en sustitución de Pascual Sala.
Independientemente de que Sala decida en última instancia, y antes de abandonar la institución en junio, plantear el debate jurídico sobre la suspensión cautelar de la resolución del Parlamento catalán impulsada por CiU, ERC e ICV, hay sectores del TC que ya consideran «llamativo» e «injustificado» el retraso en abordar en Pleno una cuestión tan relevante.
Dos declaraciones, no una
De hecho, la única decisión adoptada por el TC, después de que el 1 de marzo el Consejo de Ministros anunciase que el Gobierno impugnaba la «Declaración de Soberanía», fue dictar una providencia casi tres semanas después en la que preguntaba al Parlamento catalán si una segunda declaración, fechada el 13 de marzo, anulaba la anterior de 23 de enero.
Se trataba de un texto votado por el que el Parlamento catalán pedía al Gobierno de la Generalitat –con 104 votos a favor, incluidos ya los del PSC– que iniciara «un diálogo» con el Gobierno central para celebrar una consulta de autodeterminación en Cataluña. La respuesta del Parlamento catalán fue rotunda: ese nuevo texto no anulaba la declaración soberanista anterior. Antes al contrario, la reafirmaba y la complementaba.
La decisión del TC de hacer esa consulta o «aclaración» al Parlamento autonómico causó malestar en el seno del Tribunal. Por tres razones. Primero, porque es inédito que se preguntara a la Cámara regional catalana por una resolución que hasta el momento nadie había impugnado (la del 13 de marzo), y de la que el TC solo pudo tener conocimiento a través de los medios de comunicación. Segundo, porque se eludía el debate de fondo precisamente sobre la resolución soberanista sí recurrida y sobre la que el TC tiene obligación de pronunciarse (la del 23 de enero). Y tercero, porque se corría el riesgo de transmitir a la opinión pública un mensaje confuso: la sospechosa intención de «congelar» una compleja decisión que políticamente tendrá consecuencias en Cataluña, para que después sean los magistrados entrantes durante la renovación de junio quienes empiecen el debate desde cero para resolverla.
La «Declaración Soberanista» aprobada en enero fue textualmente considerada como un «desafío» por parte del Gobierno, según consta en el texto de la impugnación redactado por la Abogacía del Estado. De hecho, el Parlamento catalán defendía que Cataluña es «un sujeto jurídico y político soberano». La Cámara aseguraba haber recibido el «mandato democrático de iniciar el proceso para la constitución de Cataluña como un nuevo Estado, a partir del reconocimiento de su soberanía».
En la hoja de ruta del Gobierno de Artur Mas figura esta declaración como base jurídica para convocar una «consulta» exclusiva para Cataluña –y por tanto excluyente para el resto del territorio español–, y para sentar las bases de «una involución en el autogobierno que hoy se expresa con total claridad en los aspectos políticos, competenciales, financieros, sociales, culturales y lingüísticos».