La vida moderna tiene algunos problemas de difícil comprensión para la patulea que nos gobierna. Uno de ellos es la incapacidad de discernir entre información y propaganda. Otro, íntimamente ligado, es la frecuente confusión de un eslogan publicitario con una definición formal. Incurrió un juez próximo a Podemos, José Castro, que se atrevió a trufar la instrucción del caso Nóos con un eslogan de la Agencia Tributaria: ‘Hacienda somos todos’. Pondré otro ejemplo: las manifestaciones feministas contra la sentencia de la manada hicieron pancarta del lema “no es abuso, es violación”. Irene Montero, que era la más suelta de las manifestantes, debió de tomar el eslogan por un principio del derecho y refundió penalmente la violación con el concepto genérico de agresión sexual en su ley.

Esa es la razón de que los violadores hayan salido beneficiados con la ley. Podría parecer paradoja, aunque les había sido advertida: no se cargaba la mano contra los abusos sexuales de los que Antonio Burgos llamaba ‘los rabinos’ en las aglomeraciones de las procesiones; se rebajaba la pena a los violadores. Carmen Calvo ha confesado que este resultado se lo temían en el Gobierno. El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, lo predijo. Pero desde que el Consejo de Ministros la aprobó, la ley Montero se convirtió en la ley de Pedro Sánchez.

La insuficiente ministra de Igualdad ha adobado su defensa con su lengua de trapo. Ella no va a salir del Gobierno, ni por la reforma de su ley, ni por el envío de tanques a Ucrania. Se conforma con que la reforma, que ya no niega, respete el corazón de la ley sí es sí: el consentimiento. Quizá no sepa que ha sido siempre un requisito legal. No hablo solo del Código Penal de Belloch de 1995. También en los dos Códigos penales de Franco: el de 1944 y el de 1973, que son idénticos en esto. Los dos incluyen la violación bajo el inadecuado epígrafe ‘Delitos contra la honestidad’, bien corregido por Belloch. Es violación cuando se usare la fuerza o intimidación y cuando la mujer estuviere privada de razón o de sentido por cualquier causa.

Había un tercer supuesto: cuando la víctima sea menor de 12 años, “aunque no coincida ninguna de las dos circunstancias anteriores”. El límite de edad es muy bajo, pero más protector de la infancia en el Código penal franquista que en la cabeza de la ministra: “ningún adulto puede tocar su cuerpo si ellos (los menores) no quieren”. Y si quieren, tampoco. Hay que señalar que la pena para los culpables de violación era más severa que la que prescribía el Código de Belloch: reclusión menor, pena que iba desde los doce años y un día a los veinte años de prisión. Ya no recuerdan sus promesas de que no habría una sola rebaja en las penas de los condenados (327 hasta ayer a la hora de escribir esta columna) e insisten en sus falacias de que sus críticos quieren volver a exigir a las víctimas que demuestren haber mantenido frente a sus violadores una resistencia heroica. Presunción de inocencia era otra forma de llamarlo, art. 24.2 de la C.E.

Sánchez presumió del artefacto: “me siento orgulloso de la ley”, dijo en noviembre y la hizo suya. También Adriana Lastra. No les queda tiempo para sacar la patita de todos los charcos en que la han metido. Mientras reforman la ley seguirán saliendo violadores a la calle, quedan más de 3.000 en las cárceles españolas. Una sola reincidencia (la violación es un vicio con arraigo) será suficiente para hundir electoralmente a los dos socios de Gobierno. Salvo que Feijóo siga empeñándose en hacer de Cirineo y acabe llevando la cruz él solo.