EL MUNDO – 23/08/14
· Avalan por 5 votos a 4 la ley del referéndum soberanista porque «refuerzala Constitución» / Mas dice que este dictamen es de obligado cumplimiento.
Artur Mas ya tiene el aval del Consejo de Garantías Estatutarias para la ley de consultas mediante la cual convocará el referéndum soberanista del 9-N. Sin embargo, el dictamen aprobatorio de ese organismo supone un serio revés para la Generalitat: sólo lo firman cinco de los nueve miembros del Consejo, los propuestos por CiU y ERC, mientras que los otros cuatro emitieron votos particulares discrepando de ellos.
Los juristas nombrados a propuesta de PSC, PP e ICV –aunque este partido apoya formalmente el plan de Mas– coinciden en que la norma, que se aprobará en septiembre, no puede servir para dar cobijo legal a la consulta. Creen que los legisladores quieren convocar una consulta encubierta.
El Consejo de Garantías es un órgano consultivo que evalúa la adecuación a la Constitución y al Estatuto de las leyes catalanas. Lo preside Joan Egea; tanto éste como Àlex Bas y Francesc de Paula Caminal fueron elegidos a propuesta de CiU. Ellos y Joan Ridao y Jaume Vernet (ERC) son los únicos que avalan la ley de consultas no refrendarias en su totalidad.
Centran el dictamen en argumentos como que la ley regula las consultas, no los referendos, cuya convocatoria precisa el visto bueno del Gobierno; en que el Estatuto recoge el derecho de participación de los catalanes en los asuntos públicos de su Comunidad Autónoma, o en que la Constitución admite «otras vías de participación democrática» al margen de la vía parlamentaria.
Esos juristas, en la línea de la interpretación que hizo el nacionalismo catalán del dictamen –contrario, por otro lado– que el Tribunal Constitucional (TC) hizo sobre la declaración de soberanía del Parlament, subrayan que en la Carta Magna no existen cuestiones prohibidas a la opinión de los ciudadanos. Incluyendo, subrayan, «todas aquellas ideas y expresiones políticas que se oponen al orden mismo en el que encuentran resguardo, siempre que se formulen y se transmitan democráticamente y de acuerdo con los procedimientos y los límites establecidos». Y este sería el caso de la consulta independentista del Govern.
Añaden que el sistema constitucional español tampoco prohíbe que la Generalitat pueda consultar a los ciudadanos asuntos de su interés y competencia si lo hace con un procedimiento distinto del referéndum. A tal efecto, la ley de consultas prevé unas diferenciaciones para tratar de evitar el casi seguro veto del TC: habla de un censo alternativo al oficial –el registro de población–, lo amplía a los mayores de 16 años y lo abre a los catalanes residentes en el extranjero, aunque no a los del resto de España.
Sin embargo, los votos particulares son muy duros contra todos los intentos de regular unas consultas populares que son «prácticamente indistinguibles del referéndum», y por tanto contrarias a la Constitución. Pere Jover y Eliseo Aja, ambos nombrados a propuesta del PSC, coinciden en subrayar que el Constitucional ya se pronunció en 2008 contra las comunidades que «configuran legalmente y de forma artificiosa un instrumento de participación que, bajo otra denominación, presenta las características sustanciales del referéndum». El Alto Tribunal utilizó esos argumentos para invalidar el Plan Ibarretxe.
Tras recordar que las consultas populares no pueden referirse a asuntos que afecten «al cuerpo electoral», como debería ser el caso de la consulta soberanista, y que un asunto de esa envergadura debería vehicularse a través de la figura del referéndum, tildan de «irrelevantes y artificiosos» los argumentos de los juristas de CiU y ERC para tratar de distinguir las dos figuras.
La opinión de Marc Carrillo, nombrado a propuesta de ICV, tiene especial interés por cuanto ese partido sí apoya la celebración de la consulta del 9-N. Afirma que una iniciativa como esa, que «afecta a competencias del Estado», debería vehicularse bajo la figura del referéndum, que «es evidente que demandaría la autorización del Estado».
En cuanto a Carles Jaume Fernández, propuesto por el PP, afirma que el «referéndum encubierto» que podría celebrarse bajo el amparo de la ley de consultas no tiene cabida en el marco constitucional.
Fernández, Jover y Aja también se pronuncian acerca de la doble pregunta del 9-N, cuya validez cuestionaron ante el Consejo de Garantías el PSC y el PP. Todos ellos ven problemas en la formulación que eligió Mas para contentar a CiU, ERC, ICV y CUP. «La pregunta en forma de propuestas sucesivas no resuelve cuestiones cruciales para garantizar la igualdad de voto de los participantes», asegura Jover.
Ni estos argumentos ni el hecho de que, tras haber criticado estos partidos en muchas ocasiones la «politización» del TC, el dictamen saliera adelante sólo con los votos de los juristas nombrados por CiU y ERC arredraron a Francesc Homs. El portavoz de la Generalitat consideró que tras la resolución existen «argumentos sólidos» para convocar la consulta del 9 de noviembre.
«El dictamen pone de manifiesto que la ley es constitucional. La consulta evidentemente se convocará», afirmó, tras pedir al Gobierno que «no ponga trabas al ejercicio de la democracia que permite el propio ordenamiento jurídico español». Además, advirtió de que para el Govern, «cualquier pronunciamiento del Consejo de Garantías es de obligado cumplimiento» y restó importancia a la gran oposición interna al dictamen: «Hay una mayoría clara y nítida y lo que prevale es lo que ha acordado».
Mas dará el próximo paso en septiembre, cuando, tras aprobarse la ley, convoque formalmente la consulta. La pelota quedará entonces en el tejado del Gobierno y el TC.
EL MUNDO – 23/08/14