JOSÉ MARÍA RUIZ SOROA-El Correo

  • El problema de integración que plantea el nacionalismo catalán exige un mínimo consenso entre PSOE y PP, no un arreglo unilateral con los independentistas

El Gobierno presume de haber arreglado el roto catalán, de manera que el ‘procés’ estaría terminado y ya solo quedaría charlar tranquilamente acerca de cómo organizar a Catalunya dentro de España. No voy a discutir esa afirmación -el ‘procés’ tenía estructura de soufflé, algo que con la misma facilidad sube como pincha-, sino señalar que en sus esfuerzos para arreglar el roto independentista el Gobierno ha generado un descosido nacional español de envergadura. Lo cual es fruto probablemente de la unilateralidad de su actuación y de su partidismo sectario en ella.

En efecto, no hace falta ser un lince político para percibir que un problema de integración como el que plantea el nacionalismo catalán, exacerbado en el ‘procés’, no puede ser encauzado -de resolverlo, ni hablamos- por la actuación parcial de la izquierda o la derecha españolas, sino que exige un mínimo de consenso entre ambas tendencias políticas (¿recuerdan la Ley de Partidos de 2002?). Es un tema lo suficientemente serio como para reclamar una política de Estado, nunca una de partido; menos aún si esa política está entreverada de intereses inmediatos y cortoplacistas del que la promueve. Actuando así solo se consigue, como muestra la realidad actual, cavar una trinchera de incomprensión y rechazo en la sociedad, dar alas a un nacionalismo panespañol agónico y provocar serias averías en la gobernación del país todo. Vamos, hacer un descosido enorme para arreglar un roto más pequeño.

Claro que los consensos no existen inicialmente; claro que la izquierda y la derecha españolas manejan una sensibilidad distinta en el tema nacional; claro que los compromisos solo nacen de un previo disenso y uno de los dos partidos es el que tiene que iniciar el camino. Claro que la polarización no ayuda. Pero intentar circunvalar esa dificultad, consustancial a la política, pactando un arreglo unilateral con los propios independentistas solo consigue hacer más profunda la grieta. No se sale de un agujero cavando más y más. ¿Qué pasará si el día de mañana gobierna la derecha?

Pero la cosa no acaba ahí. Porque a la mala inspiración política hay que añadir una sorprendente torpeza jurídica que roza la incuria. Y la califico de sorprendente porque el Gobierno y el Parlamento tienen a su disposición competentes cuerpos de juristas capaces de hacer decentemente el remiendo legal, no de la manera chapucera con que se ha plasmado. Tan chapucera que el Gobierno ha dado argumentos de peso a los magistrados del Tribunal Supremo como para frustrar el efecto buscado con su reforma del Código Penal. El auto del juez Llarena, instructor del sumario contra los políticos catalanes todavía no juzgados, argumenta contundentemente la ineficacia de la reforma para liberar a esos políticos de graves penas de prisión, señala los pueriles errores del cambio legal aprobado y anticipa así que la brecha entre el Gobierno y las instituciones judiciales va a seguir inflamada en el próximo futuro.

En efecto, la reforma pretendía nada menos que sustituir la calificación de sedición por la de un nuevo delito de «desórdenes públicos agravados» que creaba ella misma. Hasta el más lerdo se da cuenta de inmediato de que a unos hechos ocurridos en 2017 no se les puede aplicar un tipo penal creado en 2022 por aquello de la irretroactividad de las normas sancionadoras. Máxime cuando el delito de desórdenes exige que exista violencia física y, ¡oh casualidad!, la previa sentencia de la Sala del Tribunal Supremo estableció que no la hubo en el ‘procés’. Así que, despenalizada la secesión, aunque no se quiera admitir. Lo cual, en nuestra opinión, no es en sí mismo negativo -no está claro que la Constitución tenga que ser defendida por el Código Penal-, pero es profundamente perturbador en la escena política española hoy, sobre todo se si presume de no haberla despenalizado.

¿Y qué decir de la reforma de la malversación creando un tipo atenuado para los casos en que no haya ánimo de lucro por parte de los políticos que se apropian de los caudales públicos? Lo primero, que es una atenuación repugnante que, por comparar, si se hubiera aplicado a los terroristas -que, bien mirado, tampoco mataban por un interés personal, sino por uno colectivo-, habría provocado una revuelta social. Y lo segundo, que la jurisprudencia asentada estableció desde hace años que el «ánimo de lucro» en la malversación va incluido o contenido en la propia acción de la autoridad al apropiarse o sustraer los fondos públicos para fines de su interés. Con lo que para nuestro Derecho Penal existe ese ánimo en los hechos ocurridos en el ‘procés’, por mucho que los fondos no fueran al bolsillo de la autoridad pública, sino a destinos de su particular interés al organizarlo y ponerlo en práctica.

Lo dicho, el descosido nacional e institucional aumenta, pero algunos aspirantes al título de Maquiavelo se atribuyen la ‘saggezza’ de haber cosido el roto catalán. ¿Hay que aplaudir?