Editorial-ABC

  • Un Gobierno no puede acomodar el calendario constitucional a la conveniencia de sus negociaciones o al ambiente político de cada momento. Debe presentar las cuentas

El Gobierno volverá a incumplir el plazo constitucional para presentar el proyecto de Presupuestos Generales del Estado. El artículo 134.3 de la Constitución obliga al Ejecutivo a remitirlo al Congreso al menos tres meses antes de que expiren las cuentas anteriores. El Ejecutivo admite que no llegará a tiempo y aplaza su compromiso. El vicepresidente primero, Carlos Cuerpo, asegura que al Gobierno ha tenido en estas semanas «materias urgentes apilándose por encima de lo importante». España continúa así gobernándose con los Presupuestos de 2023, aprobados por una legislatura surgida de las elecciones generales de 2019 y prorrogados desde entonces.

No se trata de un simple retraso administrativo ni de una formalidad prescindible. La presentación anual de los Presupuestos constituye un requisito básico de la cultura democrática en un régimen parlamentario. Las cuentas son la traducción económica del programa del Gobierno, pero también el instrumento mediante el cual las Cortes autorizan el uso de los recursos públicos, establecen prioridades y controlan al Ejecutivo. Presentarlas no garantiza su aprobación. Garantiza algo anterior y esencial: que el Parlamento pueda debatirlas, modificarlas, aprobarlas o rechazarlas.

La Constitución prevé la prórroga automática para evitar la paralización del Estado cuando unas nuevas cuentas no han sido aprobadas. Pero esa garantía de continuidad no puede convertirse en una alternativa ordinaria a la rendición de cuentas. La prórroga mantiene en funcionamiento la Administración; no renueva la confianza política, menos cuando corresponde a otra legislatura que ya dejó de existir. Convertir una solución excepcional en método habitual degrada la función presupuestaria de las Cortes.

La anomalía resulta más grave porque el Gobierno no ha presentado nuevos Presupuestos en toda la legislatura y esta se acerca a su final. La fragilidad de la mayoría de investidura ha conducido a sucesivas prórrogas. Ahora, además, el Congreso ha rechazado la senda fiscal con los votos de PP, Vox y Junts. Pero la dificultad para reunir apoyos no exime al Ejecutivo de sus obligaciones constitucionales. Al contrario: cuando la mayoría es incierta resulta aún más necesario que el Parlamento pueda pronunciarse.

El problema ha adquirido ya dimensión institucional. El Tribunal Constitucional estudia el conflicto planteado por el Senado, que sostiene que la reiterada ausencia de un proyecto presupuestario impide a las Cortes ejercer la competencia que la Constitución les atribuye. El pronunciamiento del TC será relevante, pero la cuestión política existe con independencia de su resolución.

Un Gobierno no puede acomodar el calendario constitucional a la conveniencia de sus negociaciones o al ambiente político de cada momento. Debe presentar las cuentas y someterlas al Parlamento, aun a riesgo de perder la votación. Y si carece de una mayoría capaz de respaldar el instrumento central de su política económica, deberá extraer las consecuencias políticas pertinentes. Cumplir la Constitución no es un formalismo: es la primera obligación de quien gobierna.