Varapalo del TC a las ansias secesionistas de Artur Mas

ABC 09/05/2013

· Admite el recurso del Gobierno contra la declaración soberanista, que suspende durante cinco meses sin pronunciarse sobre su «validez jurídica».

Por ocho votos a favor y cuatro en contra, el Pleno del Tribunal Constitucional propinó ayer un duro varapalo a las ansias secesionistas del presidente de la Generalitat, Artur Mas, al decidir admitir a trámite la impugnación de los servicios jurídicos del Estado contra la declaración soberanista aprobada por el Parlamento catalán el 23 de enero. Esta declaración define al pueblo catalán como «sujeto político y jurídico soberano», lo que para la Abogacía del Estado supone «un desafío abierto contra la Constitución», que establece la unidad de la nación española.

De la decisión del TC se desprenden dos consecuencias: la primera es la suspensión inmediata de la declaración, tal como establece el artículo 161.2 de la Constitución Española. Y la segunda, es que al tratarse de una medida limitada en el tiempo (un máximo de cinco meses), será otro TC y no éste en su actual configuración (en junio vence el mandato de cuatro magistrados), el que tendrá que decidir si ratifica o levanta dicha suspensión.

Así, fuentes del Tribunal confirmaron que el Pleno se limitó ayer solo a pronunciarse sobre la admisión a trámite de la impugnación promovida por la Abogacía del Estado, una suspensión acordada en virtud del artículo 30 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y del 161.2 de la Carta Magna.

Una medida provisional

El primero señala que «la admisión de un recurso o de una cuestión de inconstitucionalidad no suspenderá la vigencia ni la aplicación de la ley, de la disposición normativa o del acto con fuerza de ley excepto en el caso en que el Gobierno se ampare en lo dispuesto por el artículo 161.2 de la Constitución, para impugnar, por medio de su presidente, leyes, disposiciones normativas y actos con fuerza de ley de la Comunidades Autónomas».

Paralelamente, el 161.2 prevé que el Gobierno podrá impugnar ante el TC las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. «La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses», señala ese precepto.

El recurso se introdujo a última hora en el orden del día de este Pleno y se debatió únicamente durante la mañana de ayer. Al filo del mediodía se conocía la decisión, que no fue adoptada por unanimidad. Según explicaron a ABC las fuentes antes citadas, los magistrados no entraron en el fondo del asunto, es decir, en el «valor jurídico» de la declaración soberanista aprobada por el Parlamento catalán con los votos de CiU, ERC e ICV. Sobre esto se tendrá que pronunciar un tribunal que ya no contará entre sus miembros con Pascual Sala, Ramón Rodríguez Arribas, Manuel Aragón ni Pablo Pérez Tremps. Su mandato vence el próximo 4 de junio.

Un debate incómodo

Que pronunciarse sobre esta declaración no era plato de buen gusto para el TC (de ahí que no haya habido unanimidad ni siquiera con la admisión a trámite) dan fe dos hechos: el primero, que hace unas semanas el Tribunal preguntara al Parlamento autonómico si consideraba válida la primera declaración soberanista (la de 23 de enero, recurrida por el Gobierno) o la aprobada el 13 de marzo, que ya contó con el apoyo del PSC y en la que se instaba a la Generalitat a «iniciar un diálogo» con el Ejecutivo central para celebrar una consulta de autodeterminación en Cataluña. En esta segunda declaración no había ninguna referencia al pueblo catalán como «sujeto político y jurídico soberano». En un nuevo desafío, la Cámara autonómica respondía que ambas eran válidas. El emplazamiento del TC se vio fuera de lugar por un determinado sector del Tribunal, que no entendía por qué se preguntaba sobre un acuerdo posterior al impugnado que no era objeto de debate ni de mención alguna en el recurso de la Abogacía del Estado.

El segundo hecho es que a finales de la semana pasada, la declaración soberanista no constaba en el orden del día del Pleno a celebrar (el penúltimo antes de la renovación) y que Sala la introdujo a última hora alegando que faltaba un estudio más profundo, cuando se trataba de discutir una simple admisión a trámite.

Escaños vacíos del PP en la «comisión de la consulta»

Caso omiso al Tribunal Constitucional, y adelante con la agenda independentista. El Parlamento catalán ignoró ayer la sentencia del TC que suspende la declaración de soberanía y aprobó la creación de una comisión de seguimiento sobre el derecho a decidir.

Las lamentaciones por el fallo del Alto Tribunal fueron solo el prólogo a un nuevo acto en el que los partidos favorables al derecho a decidir, todos a excepción del PPC y Ciutadans (C’s), se reafirmaron en su voluntad de seguir adelante con el «proceso». El PSC se sumó de nuevo al frente soberanista dando su «ok» a una comisión entre cuyos objetivos está «estudiar e impulsar» todas las «alternativas para hacer efectivo el derecho a decidir».

Debido a la finalidad de la comisión, y con el amparo del fallo del TC, el PPC y C’s reclamaron de manera infructuosa que se suspendiese la votación.

El PPC llevó su protesta más lejos y no llegó a participar en la misma, al tiempo que sus diputados abandonaban el hemiciclo, alegando que de otra forma participarían en un acto «ilegal que implica una insumisión y un desacato a la Constitución». Alicia Sánchez-Camacho, líder del PPC, consideró «insólito y muy grave» que el Parlament vulnere la legalidad, y avanzó que estudian llevar al TC la citada comisión.

Camacho cargó contra el PSC por votar a favor de la comisión y «ser el socio más directo en el camino de la independencia» para el presidente Mas y el republicano Junqueras. El portavoz del PSC, Maurici Lucena, sostuvo que Cataluña «es un país que tiene toda la legitimidad para decidir colectivamente su futuro».

ABC 09/05/2013