«Han tenido que cerrar el cementerio de las niñas de Alcácer para que no vaya Irene Villa a por repuestos». Así escribió el concejal del Ayuntamiento de Madrid Guillermo Zapata en su perfil de la red social Twitter el 31 de enero de 2011, en relación a una víctima de ETA. Casi seis años después, el edil se sentará hoy en el banquillo de los acusados por un presunto delito de humillación de las víctimas del terrorismo.
Zapata tendrá que rendir cuentas de sus actos a la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, pese a que su caso fue archivado en tres ocasiones por el juez instructor que investigó la causa, Santiago Pedraz. El magistrado consideró que no hubo delito por parte del concejal, ya que su intención no fue humillar a Villa, según advirtió en su auto de archivo.
«Se trata de palabras que no pueden criminalizarse», alegó el juez, que no pasó por alto que esto sólo sucede en «las dictaduras que criminalizan las palabras como si fuesen hechos y no distingue entre ellas». Pedraz advirtió también de que «no existe un derecho a no ser ofendido», incidiendo en que «al menos, y en favor de la libertad de expresión, en las democracias no aparece tal derecho en el catálogo de los derechos fundamentales».
Conviene precisar que la decisión del juez fue compartida por la Fiscalía de la Audiencia Nacional, que también se opuso a juzgar a Zapata después de que el edil de Ahora Madrid pidiese perdón a Irene Villa y ésta remitiese un escrito en el que rechazó haberse sentido humillada por el mensaje del concejal.
Guillermo Zapata tendrá, por tanto, que enfrentarse sólo a la acusación popular que ejercen la Asociación Dignidad y Justicia –fue la que presentó la querella contra el edil en junio de 2015– y el Sindicato Manos Limpias, que piden un año y ocho meses de cárcel para el acusado.
Ambas asociaciones recurrieron la decisión del juez Pedraz ante la Sala de lo Penal, siendo la Sección Segunda, integrada por los magistrados Concepción Espejel y Enrique López, la que resolvió el recurso. Ambos jueces fueron recusados del tribunal que juzga el caso Gürtel por su vinculación con el PP.
El tribunal advirtió de que, pese a que el auto de archivo de Pedraz consideraba el tuit como «una frase por la que no se persigue la intención de humillar a las víctimas, esto le corresponderá determinarlo a la sala de enjuiciamiento». En este sentido, la sala dejó claro que existían «motivos suficientes» para celebrar el juicio oral.
«La frase vertida a través de un tuit rellena objetivamente el tipo penal previsto en el artículo 578.2 del Código Penal», alegó la Sección Segunda en referencia al delito de humillación de las víctimas. «La frase que se refiere a una víctima en concreto se considera de forma objetiva que es susceptible de entrañar descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares», advirtió el tribunal, para argumentar después su decisión alegando que «la frase está revestida de relevancia penal» y por ello «esta es la única resolución que cabe».
La Asociación Dignidad y Justicia solicitó también la inhabilitación de Zapata por siete años al considerar que sus comentarios causaron además «gran alarma en la sociedad y entre los usuarios» de Twitter.