Jon-Mirena Landa Gorostiza
Catedrático de Derecho penal y director de la Cátedra Unesco de Derechos Humanos y Poderes Públicos (EHU)
- No basta con una referencia con la boca pequeña a los «abusos» en la lucha antiterrorista para dar por zanjadas las violaciones de derechos
Son muchos los analistas que a 15 años vista del cese definitivo de la «actividad armada» de ETA resaltan aspectos que tienen que ver con la forma de operar del terrorismo y sus consecuencias injustas. Y ello es necesario. Pero debería añadirse también una mirada más amplia, desde el derecho internacional de los derechos humanos, que exige preguntar cómo se actuó desde el Estado en la lucha antiterrorista. Porque cuando se producen ataques a las personas se debe hacer responsable a quien los comete, pero debe también ser objeto de escrutinio el Estado y su actuación, que tiene que estar sujeta en todo momento a los estándares de los derechos humanos.
Desde esa perspectiva el Estado no ha sido capaz por diversos motivos (prescripción, amnistía, falta de diligencia…) de aclarar un buen número de causas judiciales en las que miembros de ETA cometieron asesinatos. Se manejan cifras variables en torno a los 370 del conjunto total de muertos. En estos casos se habla, por tanto, con razón, de impunidad, porque las instrucciones judiciales no han dado con los nombres de quienes cometieron los atentados.
Pero nadie negará que, como regla general, en los casos judicialmente resueltos e incluso en los casos sin resultado mencionados, el Estado tenía una clara y firme voluntad de perseguir, investigar, imponer responsabilidades penales y castigos y hacerlos cumplir. El poder judicial, la fiscalía, las policías se afanaban en su lucha contra ETA, tanto durante la dictadura como después ya en el periodo democrático. Y se afanaron de tal forma que en un número amplio de supuestos (hasta 167 muertos según el Informe del Gobierno vasco de 2013) se usaron modos de lucha radicalmente contrarios a los derechos humanos. O, por ser más claros: el Estado mató injustamente a ciudadanos y ciudadanas en el contexto de la lucha antiterrorista, sea a través de agentes uniformados, sea a través de agentes no estatales en colusión con los primeros y que contaban con su impunidad.
No se trata de una guerra de cifras. Ni de un campeonato de sufrimientos. Una mirada de frente al derecho internacional de los derechos humanos exige que todos los asesinatos injustos, los de ETA y los de agentes vinculados al Estado, tuvieran el mismo celo en ser aclarados; tuvieran el mismo celo en proveer a sus víctimas de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición. Pero, desgraciadamente, la regla general frente a las torturas -incluidas aquellas con resultado de muerte-, las ejecuciones extrajudiciales y demás violaciones graves de los derechos humanos fruto de la violencia del Estado ha sido la de no perseguir, no investigar, bloquear instrucciones judiciales si se conseguían abrir, no imponer responsabilidad penal y en los pocos casos en que hubo condena, vaciarla de contenido.
Esa asimetría de actuación desde el Estado drena su legitimidad. También drena la posibilidad de ir equilibrando y pacificando las políticas necesarias en esta materia. Porque los dobles estándares continúan. La obligación de los poderes públicos de un Estado social y democrático de Derecho sería afanarse de forma creíble y con igual despliegue de medios en todos los casos de impunidad. Porque detrás hay ciudadanas y ciudadanos que deben ser atendidos, cuyo sufrimiento injusto requiere atención. También porque la sociedad tiene derecho a saber quiénes actuaron de manera criminal y cuáles fueron los patrones de violación de derechos humanos para poder cauterizar, a futuro, que no se vuelva a repetir.
A 15 años del cese de la actividad de ETA no basta con un pie de página o una referencia con la boca pequeña a los «excesos» o «abusos» de la lucha antiterrorista para dar por zanjada la guerra sucia, la tortura y la cobertura de actuaciones criminales de las fuerzas y cuerpos de seguridad; para intentar pasar página, sin haberla leído, del papel de los fiscales, jueces, forenses, abogados de oficio, periodistas… que no quisieron hacer su trabajo cuando las presunciones de hecho de violaciones de derechos humanos eran -siguen siendo- abrumadoras.
Se acaba de presentar en el Parlamento vasco el sexto informe anual de la Comisión de Valoración de la Ley 12/2016 con el reconocimiento de 60 casos de violaciones graves de derechos humanos cometidas por agentes estatales. Se suman así a los reconocidos en años precedentes alcanzando ya una cifra de 305. Se va haciendo verdad extrajudicial en este difícil capítulo, pero debe subrayarse que en ninguno de los 305 casos permite la ley mencionada aflorar la autoría de quienes mataron, torturaron o hirieron gravemente a las víctimas. ¿Dónde están aquí las voces que con intensidad y ahínco equivalente reclamen la implicación de los poderes públicos para acabar con la impunidad?