Blanca Valdés Mañas-Vozpópuli

  • Ángel Gabilondo, que terminará su mandato el próximo 16 de noviembre, pidió a la Corte de Garantías que adoptase medidas cautelarísimas

El Defensor del Pueblo presentó el pasado viernes un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional al considerar que la decisión del Supremo de paralizar el voto de 160.000 personas nacionalizadas al amparo de la ‘ley de nietos’ vulnera sus derechos fundamentales, en particular el derecho a la igualdad y a la tutela judicial efectiva.

Ángel Gabilondo, que terminará su mandato el próximo 16 de noviembre, pidió a la Corte de Garantías, presidida por Cándido Conde-Pumpido, que adoptase medidas cautelarísimas para que estas personas pudiesen participar en las próximas elecciones generales que se celebrarán el próximo 29 de noviembre.

Sin embargo, en los últimos 15 años, el Defensor del Pueblo solo ha acudido al Tribunal Constitucional por la vía del amparo en dos ocasiones, incluyendo esta. Un dato llamativo en plena polémica por la aplicación de la conocida como ‘ley de nietos’.

La institución del Defensor del Pueblo es el Alto Comisionado de las Cortes Generales, cuya misión es defender los derechos y las libertades reconocidos en la Constitución mediante la supervisión de la actividad de las administraciones públicas españolas.

Es elegido por el Congreso de los Diputados y el Senado por una mayoría de tres quintos y su mandato tiene una duración de cinco años. Cualquier persona puede acudir al Defensor del Pueblo y solicitar su intervención de forma gratuita para que investigue posibles irregularidades en la actuación de las administraciones públicas españolas o de sus agentes.

Además, puede actuar de oficio, es decir, iniciar investigaciones por iniciativa propia cuando tenga conocimiento de hechos que puedan requerir su intervención, aunque no se haya presentado ninguna queja.

16 recursos en 43 años

Pues bien, el Defensor del Pueblo presentó en 2015 un recurso contra la sentencia del Tribunal Supremo, al considerar que esta realizaba una interpretación restrictiva del acceso a la función pública mediante el turno reservado a las personas con discapacidad. El recurso no fue admitido a trámite.

Pero la cifra resulta aún más significativa si se amplía la perspectiva: en los últimos 43 años, se han presentado apenas 16 recursos, según datos aportados por fuentes del Tribunal Constitucional a Vozpópuli. En ninguno de ellos, salvo el presentado ahora por Gabilondo, solicitó una medida cautelarísima. 

El primero se registró en 1983 y estaba relacionado con resoluciones judiciales que afectaban al Colegio de Peritos e Ingenieros Técnicos de Alicante. En este caso, se solicitó una medida cautelar ordinaria que finalmente no se resolvió porque el propio Defensor del Pueblo decidió desistir del procedimiento. Tres años después, se presentaron otros más recursos relacionados con elecciones sindicales de Huelva y por la denegación de subsidio de desempleo por parte del Instituto Nacional de Empleo (INEM). Estos amparos sí fueron otorgados. 

La admisión del recurso, a debate

Este martes, el Pleno del Constitucional se reunirá para debatir sobre la admisión a trámite del recurso de la ‘ley de nietos’. No obstante, un informe del servicio de letrados del Tribunal Constitucional, elaborado a propuesta del magistrado ponente, Arnaldo, plantea inadmitir el recurso por considerarlo “prematuro”. A juicio de los letrados, el recurso se presentó cuando aún existía la posibilidad de obtener un pronunciamiento de la jurisdicción ordinaria, por lo que no se habría respetado el principio de subsidiariedad, del que se deriva la exigencia de agotar previamente la vía judicial.

En un principio, este recurso de amparo iba a ser debatido por los magistrados que componen la Sección Cuarta del Constitucional, que son María Luisa Balaguer, Ramón Sáez Valcárcel y Enrique Arnaldo, pero finalmente se someterá a Pleno por su su trascendencia.