A qué tiene derecho Arturo Mas según la Constitución

LUIS MARÍA ANSON, EL MUNDO 08/01/13

Mariano Rajoy ha jurado cumplir y hacer cumplir la Constitución. Arturo Mas, si no quiere que se descargue sobre su cabeza voraz todo el peso de la ley, deberá acatar punto por punto, lo que desarrolla minuciosamente la Carta Magna. A las chulerías de Homs y a las exigencias de Mas, el presidente del Gobierno solo puede responder recordando a los líderes del secesionismo catalán el procedimiento establecido en la propia Constitución para su reforma.

El artículo 2 de la Carta Magna dice así: «La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas». Para conseguir su propósito, sin enfrentarse con el texto constitucional, aprobado por la voluntad general de los españoles libremente expresada, Arturo Mas debe proponer al Congreso de los Diputados la reforma de este artículo redactándolo, por ejemplo, así: «La Constitución, salvo en lo que concierne a Cataluña, se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación…»

El Congreso de los Diputados, conforme al Título X, artículo 168, deberá votar entonces el artículo 2, reformado por Arturo Plus y sus cómplices. Vamos a suponer que la propuesta tiene éxito y es aprobada por los dos tercios del Congreso. Entonces pasaría al Senado, cumpliendo la exigencia del texto constitucional. Vamos a suponer de nuevo que Arturo gana la partida y la Cámara Alta la aprueba al menos por los dos tercios de sus miembros. El presidente del Gobierno deberá entonces disolver las Cortes de forma inmediata y convocar elecciones generales. Constituido el nuevo Parlamento, la propuesta de Arturo Mas, es decir el artículo 2 reformado de la Constitución, se someterá a aprobación del renovado Congreso de los Diputados. Vamos a suponer que Mas y sus cómplices consiguen que su propuesta sea aprobada al menos por los dos tercios del Congreso. Tendrá que pasar entonces al nuevo Senado y conseguir que la Cámara Alta la vote también como mínimo por los dos tercios de sus miembros. Superadas las exigencias parlamentarias, entonces, sí, entonces se tendría que convocar referéndum pues así lo exige el texto constitucional, pero referéndum nacional. Vivimos en un país de hombres y mujeres libres y la secesión de Cataluña, después de más de 500 años de Historia en común, corresponde decidirla a todos los españoles. Ese es el derecho a decidir que acepta la Constitución. Vamos a suponer que en el referéndum la propuesta de reforma del artículo 2 presentada por el presidente de la Generalidad resultara aprobada por más del 50% del pueblo español, entonces, sí, entonces la secesión de Cataluña se pondría en marcha de forma legal.

Mariano Rajoy no puede hacer otra cosa que cumplir y hacer cumplir las exigencias de la Constitución. Es imprescindible que agote hasta la extenuación los cauces del diálogo y la negociación. Pero las cosas no pueden estar más claras tanto para el presidente del Gobierno como para el presidente de la Generalidad. Francisco Umbral, que era el mejor de todos nosotros, los que escribimos en los periódicos, hubiera terminado este artículo diciendo: «O sea».

Luis María Anson es miembro de la Real Academia Española.

LUIS MARÍA ANSON, EL MUNDO 08/01/13