EL MUNDO – 30/01/15
· Argumenta deslealtad en la actitud de Santiago Vidal.
La Fiscalía ha propuesto la sanción más severa posible, la expulsión de la carrera judicial, para el magistrado de la Audiencia de Barcelona Santiago Vidal por su actuación como redactor de la Constitución catalana. En un escrito que ha remitido al promotor de la acción disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial, el número dos de la Fiscalía General, Luis Navajas, considera que Vidal ha incurrido en una falta disciplinaria muy grave, vulnerando el deber de fidelidad a la Constitución.
El expediente disciplinario abierto al juez Santiago Vidal ha entrado en una fase decisiva tras la presentación, por parte de la Fiscalía, del escrito en el que propugna que se imponga una sanción al magistrado de la Audiencia Provincial de Barcelona y concreta que esa sanción debe ser su expulsión de la carrera judicial.
Se trata del castigo más duro que el ordenamiento prevé para las faltas disciplinarias muy graves que cometen los jueces. Si la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que ese tipo de infracciones pueden ser sancionadas con traslado forzoso de destino, suspensión en la función jurisdiccional hasta un máximo de tres años y separación de la Judicatura, el Ministerio Público considera que es la última la que procede imponer a Vidal como redactor de una Constitución para Cataluña.
El propio Vidal, que exhibe permanentemente su ideología independentista, ha asumido como cierto que en los últimos meses ha elaborado «a título particular» un texto de esas características para un futuro Estado catalán. Pero lo ha hecho «fuera de mi horario de trabajo, sin percibir retribución, sin [recibir] encargo ni estar dirigido a asesorar a entidad pública o privada alguna». «Se trata única y exclusivamente», sostiene, «del simple ejercicio del derecho fundamental a la libertad de opinión y expresión que como juez, jurista y ciudadano me reconoce la Constitución Española».
Juez desde hace 25 años, Vidal defiende que en sus actuaciones judiciales «siempre he cumplido mi deber de acatar y hacer cumplir la Constitución Española». Pero la Fiscalía sostiene que un juez en activo no puede abanderar la redacción de un texto normativo que dinamita la Constitución a la que prometió fidelidad y considera que, si quiere asumir la tarea de contribuir a sentar las bases jurídico-constitucionales de una Cataluña independiente, debe hacerlo desde fuera del Poder Judicial del Estado español. El informe lo ha elaborado el teniente fiscal del Supremo, Luis Navajas, número dos del Ministerio Público.
Corresponde ahora al promotor de la acción disciplinaria, Antonio Jesús Fonseca-Herrero, decidir si eleva o no a la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial una propuesta de sanción. Es previsible que Fonseca-Herrero lo haga si se tiene en cuenta que el pasado 9 de octubre no sólo abrió el expediente a Vidal sino que también instó su suspensión cautelar de funciones «dada la extrema relevancia» de los hechos que le atribuía.
Esos hechos eran, de un lado, que Vidal «participó, al margen de cualquier amparo, en un grupo de trabajo de composición heterogénea e indeterminada que tiene por objeto elaborar y redactar una ‘Constitución Catalana’ con la finalidad, admitida, de ponerla a disposición o de que sirva de modelo a quienes promueven la celebración de la consulta por el llamado ‘derecho a decidir’» y, de otro lado, que «efectuó de forma reiterada declaraciones públicas en defensa del ‘derecho a decidir’ y apoyando iniciativas políticas que adoptan instituciones públicas catalanas y entidades privadas sobre un proceso por y para la independencia de Cataluña».
La Comisión Disciplinaria, que el 13 de octubre último decidió por cuatro votos frente a tres no suspender cautelarmente a Vidal mientras se tramitaba el expediente, es competente para decidir sobre la sanción al magistrado catalán salvo en el supuesto de que Fonseca-Herrero asuma el criterio del fiscal y proponga su expulsión de la carrera. En este caso, la decisión corresponde directamente al Pleno del Consejo General del Poder Judicial.
EL MUNDO – 30/01/15