José Antonio Zarzalejos-El Confidencial
Resultaría entendible que el Rey no encargue a Sánchez la investidura, esperando a que el líder socialista obtenga los apoyos necesarios para que prospere. Arrimadas tiene su oportunidad
Sin haber llegado a un acuerdo —al menos público— que garantice en primera o segunda vuelta la investidura de Pedro Sánchez, la presidenta del Congreso ha planteado al jefe del Estado, y este aceptado, abrir este martes, sin más dilación, la ronda de consultas previstas en el artículo 99 de la Constitución. El mismo día que en Barcelona se reúnen los negociadores socialistas y republicanos para pactar, precisamente, el apoyo pasivo de ERC al secretario general del PSOE.
No es habitual, pero sí explicable por el largo periodo de interinidad gubernamental, que Felipe VI (ocho rondas ya acumula el Rey desde su proclamación en junio de 2014) convoque a los portavoces de los partidos con representación parlamentaria sin que medie todavía un acuerdo suficiente para investir al ahora presidente en funciones. La relativa presteza de la Zarzuela debe interpretarse correctamente: el jefe del Estado no está al servicio de estrategia partidista alguna, sino al de la más rápida y constitucional formación de un Gobierno que permita un Ejecutivo en plenitud de funciones.
Si el PSOE consiguiera un improbable acuerdo definitivo con los de Junqueras (para ellos, según algún exégeta del independentismo, sería un “mal menor” porque Sánchez es un personaje con “tendencia al tacticismo, la frivolidad y una relación nebulosa con sus convicciones”, en lo que están de acuerdo también muchos de los no separatistas), el Rey, sin más dilaciones, encargaría mañana al secretario general socialista que se presente a la investidura. Pero si no hay acuerdo —aunque sigan las conversaciones—, Felipe VI puede hacer uso de una autonomía constitucional que explica con rigor el catedrático de Derecho Constitucional Javier Tajadura.
Este académico, glosando el artículo 99 de la Constitución en el útil manual coordinado por Santiago Muñoz Machado titulado ‘Comentario mínimo a la Constitución española’, páginas 385 a 388), escribe lo siguiente:
“Aunque se trate de un acto reglado del Monarca, no puede ser interpretado [el artículo 99] en el sentido de que exista una obligación de proponer al candidato del partido que haya obtenido más votos y escaños en las elecciones. En tal caso, las consultas regias carecerían de sentido. El Rey debe reunirse con los representantes de todas las fuerzas políticas que hayan obtenido escaños con la finalidad de conocer cuál es el candidato que está en condiciones de recibir más votos y que no tiene que ser necesariamente el del partido más votado”.
Y continúa el académico de la Universidad del País Vasco sosteniendo que cuando no haya mayoría absoluta, “será preciso el voto afirmativo o al menos la abstención de otros grupos. En este último supuesto, el correcto funcionamiento del procedimiento exige que los representantes de los partidos acudan a ver al Rey con sus deberes hechos, es decir, habiendo alcanzado un acuerdo para la investidura”. De lo que se deduce que si hoy no hay acuerdo definitivo en Barcelona, mañana Felipe VI podría aplazar la nominación de Sánchez para cuando tenga —si llega a tener— los apoyos necesarios explícitamente conocidos por el jefe del Estado que, otra vez más, no recibirá información fehaciente y directa de ERC, que se niega a cumplir la obligación institucional de informar al Rey.
Ocurre, además, siempre siguiendo los criterios ampliamente mayoritarios entre los constitucionalistas españoles, que si Felipe VI, sin acuerdo definitivo entre PSOE y ERC para su investidura, se la encarga a Pedro Sánchez, este debería presentarse a intentarla en un pleno del Congreso que ha de ser convocado en un tiempo razonable —no lo puede aplazar indefinidamente— por la presidenta del Congreso. Dice el profesor Tajadura: “No resultaría constitucionalmente admisible que el candidato propuesto, consciente de que su investidura va a ser rechazada, se negase a cumplir esas obligaciones. Su negativa supondría una obstrucción al procedimiento que podría paralizarlo indefinidamente”.
Teniendo en cuenta que Marta Vilalta, secretaria general adjunta de ERC, aseguró este lunes que el acuerdo de su partido con el PSOE, si llega, será “en enero”, resultaría entendible que mañana el jefe del Estado no encargue a Sánchez presentarse a la investidura, esperando a que el secretario general del PSOE, u otro, obtenga los apoyos necesarios para que su designación parlamentaria prospere, bien con la abstención de los republicanos o con otras ecuaciones ahora imprevistas.
Tan imprevistas como las circunstancias que puedan concurrir de aquí a enero en el proceloso mar de intrigas, inquinas y hostilidades que señorean al separatismo catalán que, sobre procurar la inestabilidad de España, está destrozando el tejido institucional de Cataluña, dividiendo a su sociedad y empobreciendo al país. Lo que da la medida de los ‘nebulosos’ principios de Sánchez al pretender aliarse con los secesionistas y el grave riesgo de que el Gobierno común dependa de unos dirigentes divisivos y, por supuesto, no lo olvidemos, conniventes con la sedición. En estos términos se plantea el ‘supermartes’ de la política española. Todo sigue abierto, aunque Inés Arrimadas tiene una gran oportunidad para cambiar el curso de los acontecimientos.