IGNACIO MARCO-GARDOQUI-EL CORREO
Eduardo Zubiaurre, el presidente de Confebask, puso ayer el dedo en la llaga por la que supuran muchas de las inquietudes empresariales del momento. Dentro de ellas, enfatizó la deriva judicial que añade una gran incertidumbre jurídica a las numerosas incertidumbres de todo tipo que provoca la pandemia. Como saben, existe la prohibición de despedir a trabajadores por motivos derivados del Covid. Si la enfermedad es la causante de los problemas de una empresa, ésta debe acogerse al sistema de los ERTE. Eso está bien pensado. La idea general es que, si tienes problemas de mercado de índole coyuntural, te acojas a medidas de protección coyuntural como los ERTE, lo cual te impide despedir.
Pero hay ideas más generales. Las empresas, antes de la aparición del Covid, durante la pandemia y, así será cuando pase, están obligadas a capear los vaivenes de la coyuntura. Impedir que lo hagan, salva empleos de presente pero pone en grave riesgo a los empleos del futuro y atenta contra la viabilidad de la propia empresa. Visto así, la cosa cambia. ¿Cómo sabemos si los problemas actuales de una compañía vienen motivados por la pandemia o ésta solo los ha agravado? Pues la respuesta no es sencilla y hay que revisar bien su situación particular, analizar la evolución de los últimos años y conocer a fondo el entorno competitivo en el que se mueve. Datos complejos que dudo estén al alcance de quienes toman las decisiones que determinan la aceptación o la negación de las propuestas empresariales, que no obtienen respuestas homogéneas en el ámbito judicial.
En nuestro entorno hemos visto decisiones judiciales que han aprobado los despidos en sectores como el aeronáutico, que recibió un impacto directo a causa de la caída radical de la demanda provocada por las restricciones a la movilidad impuestas para impedir la propagación de la enfermedad. Y hemos visto también declaraciones de despidos nulos en empresas a las que la crisis ha empeorado una situación previa que no era nada boyante. El caso de Tubacex (empresa de que fui consejero hace años) es significativo. Claro que la crisis ha empeorado la situación, pero ¿es ajena a las restricciones impuestas, años antes, por las exigencias de transición energética, por las medidas medioambientales y fiscales que han dañado a las energías fósiles?
Una cosa es aplicar la ley y, otra, que los jueces puedan llegar a conclusiones tan dispares en aplicación de una misma ley. La seguridad jurídica es un bien a proteger por todos y esta disparidad la daña gravemente e introduce incertidumbres innecesarias e inconvenientes en un panorama que es ya suficientemente incierto. Otro tema. ¿Es lógico que los jueces anuncien el sentido de sus sentencias antes de que se celebren los juicios? Si lo es, ¿no sería mejor ahorrarnos los trámites? Una última. Dada la disparidad de criterios aplicados, ¿quién responde de los daños irreparables que puedan producirse por culpa de sentencias que pueden revocarse meses o años después en instancias superiores?