EL MUNDO 12/06/14
· La Audiencia exonera, con un voto particular, a 40 acusados de pertenecer a Segi
La Audiencia Nacional absolvió ayer a 40 acusados de pertenecer a Segi, la rama juvenil de ETA, para quienes la Fiscalía reclamaba seis años de cárcel por pertenencia a una organización terrorista. En total, 240 años de prisión que han quedado en cero. Las penas propuestas por Dignidad y Justicia eran aún más elevadas, de 10 o 12 años para cada acusado.
La macroabsolución firmada por los magistrados Ramón Sáez (ponente de la sentencia) y Manuel Fernández Prado cuenta con el voto particular del magistrado Nicolás Poveda.
Los tres jueces forman parte de la Sección Primera que preside Fernando Grande-Marlaska. En noviembre de 2009, el hoy presidente de la Sala de lo Penal y vocal del CGPJ aún era juez de instrucción y fue precisamente quien dirigió la operación que ahora ha quedado en nada. En sus autos sostuvo que Segi era una «auténtica academia terrorista» y que trataba de «fagocitar» otros movimientos abertzales. En idéntica línea, Interior describió a los detenidos como «la cantera de ETA».
La tesis de que los miembros de Segi se desdoblaban para militar también en los movimientos que querían controlar fue esgrimida por la Fiscalía en sus informes. El tribunal, sin embargo, no cree probado que la participación de los acusados en el colectivo Gazte independentistak implique su pertenencia a Segi. Y añade que «debe resaltarse» que no se atribuye a ese colectivo «ningún acto de violencia callejera, ni tampoco la coordinación, dirección y planeamiento de esa forma ilegal de intervención».
Para alcanzar la absolución, la sentencia descarta la trascendencia de los documentos incautados, resta valor a los informes de inteligencia y pone en cuestión las «rutinarias» vigilancias policiales. Incluso cuestiona el valor de las confesiones de algunos detenidos ante el juez Marlaska, un tipo de confesiones que, cuando se producen, suelen convertirse en elemento central de las condenas dictadas por la Audiencia.
Entre otros reparos, la sentencia indica que esas confesiones podían responder a las coacciones sufridas en el periodo de detención policial. Además, resalta que en algún caso Marlaska no precisó al declarante que al no estar ya incomunicado podía llamar a su abogado de confianza.
En su voto particular, Nicolás Poveda descarta que sea necesario para la condena atribuir a los acusados actos de kaleborroka y resalta que las declaraciones ante el juez son prueba válida y se vieron corroboradas por múltiples documentos y por las declaraciones de los policías encargados de los seguimientos.
El magistrado respalda la condena a 35 de los 40 acusados, que usaron el turno de última palabra para pedir que el juicio supusiera «un paso en la resolución del conflicto y traiga 40 soluciones».