José Antonio Zarzalejos-El Confidencial
- El perdón de los nueve condenados por el Supremo lleva al indulto de los huidos y, por el principio de igualdad, a la remisión parcial de sus posibles condenas de centenares de encausados por presuntos delitos conexos
Nunca indultar parcialmente ha sido tan difícil para un Gobierno de España. No solo porque para hacerlo debe contravenir el informe desfavorable del tribunal sentenciador, sino porque, además, el ejercicio individualizado del derecho de gracia conllevará consecuencias que quizás ahora no puedan ser ni siquiera valoradas. Si Pedro Sánchez sospecha que en un tiempo breve tras la concesión de los indultos el asunto desaparecerá del debate político y jurídico, está confundido. La decisión del Gobierno —que es opinable en cuanto a su oportunidad política, pero no en cuanto a su legalidad— tendrá implicaciones que exigirían al Consejo de Ministros pensar muy detenidamente si la de los indultos es la mejor de las fórmulas para el propósito que se confiesa los anima: el reencuentro, la concordia y el inicio de una nueva etapa en Cataluña, obviando en este análisis —aunque no olvidando— que, al indultar, Sánchez trata de garantizarse una mayoría parlamentaria mínima para seguir en la Moncloa.
Indultar parcialmente a los nueve condenados por sedición —algunos en concurso con malversación— exigirá otros tantos decretos del Consejo de Ministros, personalizados, con una motivación específica. No será fácil. El escrito de Oriol Junqueras ha sido rebatido por otro condenado —Jordi Sànchez—, mientras que el resto de los reclusos siguen en silencio sin haber atendido el trámite de alegaciones que les ofreció la Sala Segunda del Supremo. El presidente de ERC se ha pronunciado por él, pero ¿lo hace por los demás sentenciados? A efectos de proporcionar argumentos de contrición al Gobierno, en absoluto. Y en estas decisiones, el Ministerio de Justicia debe atarse los machos porque aunque la concesión de la gracia es un acto esencialmente político, dispone de elementos reglados que pueden ser revisados por la Sala Tercera del Supremo.
La impugnación de los indultos parciales, en buena lógica, debiera plantearla el Ministerio Fiscal, que se ha opuesto a ellos. ¿Lo hará? Ese es ya el primer debate adicional. Dolores Delgado, hasta el momento, ha sido escrupulosa, evitando su intervención en procedimientos que pudieran provocarle un conflicto de intereses. Y las noticias son que la fiscal general del Estado seguirá con esa pauta de conducta profesional. El segundo debate será jurídico-procesal: ¿está Vox legitimado activamente para interponer recurso? ¿Lo está el PP? Tres cuestiones que saltarán a la discusión pública y que lo harán de la manera más bronca.
Con la concesión de los indultos a los nueve condenados por sedición, queda materialmente desactivada la euroorden contra los fugados en Bélgica, Carles Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí, y sin margen alguno de éxito la posible extradición de Marta Rovira, huida en Suiza. Si los jueces belgas han rechazado antes la entrega de los fugados, más lo harán ahora si comprueban que el propio Gobierno español indulta a sus compañeros por delitos similares a los que les imputa el magistrado instructor, Pablo Llarena. Pero aun en el muy improbable caso de que la euroorden prosperase en Bruselas, los tres políticos que escaparon a la Justicia —y, eventualmente, la secretaria general de ERC— sabrían que, tras ser condenados por el Supremo o por el órgano jurisdiccional competente en el caso de Rovira, disfrutarían de un indulto automático, de tal manera que a los nueve perdonados se añadirían los cuatro que ahora están fuera del alcance de la Justicia española.
No acaba aquí el asunto. Porque ¿qué expectativas van a manejar los cientos de personas (según Junqueras, hasta 3.000) encausadas y todavía no juzgadas en Barcelona por supuestos delitos conexos con los cometidos por los dirigentes de la sedición de 2017? Manejarán, obviamente, la expectativa de su indulto en el caso de ser condenados por la aplicación de un principio elemental de igualdad y ecuanimidad. De tal manera que los perdones no serán ‘puntuales’ sino masivos o por centenares, el debate sobre el ejercicio del derecho de gracia se prolongará en el tiempo y continuará erosionando al Ejecutivo con la inesquivable sensación de que los tribunales dictan sentencias que, de ser condenatorias, están llamadas a perder su carácter punitivo.
En un ‘post’ anterior aduje, y ahora reitero, que es mucho peor la incompetencia que el sectarismo. El Gobierno debe ser consciente del berenjenal político en el que se introduce, medir el alcance de la polémica —que no remitirá en muchísimo tiempo—, realizar un buen cálculo de consecuencias y asegurarse de que el tiro no le sale por la culata en Cataluña, en donde el independentismo está dividido en facciones irreconciliables y solo unido en el actual Gobierno de Aragonès por temor al hartazgo que ya percibe en su propio electorado.
Crece en algunos sectores favorables a la remisión de las condenas —y a las futuras que puedan producirse— la opinión de que sería un procedimiento mejor desde todos los puntos de vista una reforma del Código Penal que abarcase no solo la sedición y la rebelión, sino otros delitos. El factor tiempo, según estas fuentes, podría soslayarse instrumentando la reforma mediante una proposición de ley, de artículo único, en lectura única y por el procedimiento de urgencia. Se cree en los mentideros de la Villa y Corte que los indultos “todavía no están hechos” y que el cálculo de consecuencias de los perdones quizás aconseje buscar una fórmula alternativa a la endiablada por la que opta Pedro Sánchez: 9+4+3.000. La reforma penal tiene muchos inconvenientes, pero más vale una vez rojo que ciento amarillo. Un color que, por cierto, no le conviene exhibir al presidente del Gobierno.