Rebeca Argudo-ABC

  • Si la sentencia europea habla de reconciliación y sus beneficiarios de lo que hablan es de someter al Estado, uno de los dos está utilizando mal la palabra

El pasado jueves, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminaba que la tan polémica Ley de Amnistía no es contraria a derecho europeo. Esto no significa, como intentan hacer creer, que el TJUE se muestre favorable a la conveniencia de la amnistía: lo que dice es que la decisión última sobre su aplicación queda en manos de los tribunales españoles y que, esa amnistía a los golpistas que participaron en el intento de ruptura de nuestro orden constitucional, sí encontraría encaje en la norma comunitaria. Así, lo que avala esta sentencia es la posibilidad del olvido, pues eso exactamente implica la amnistía. No es casualidad que su raíz etimológica la encontremos en el griego ἀμνηστία (amnēstía), que se compone por el privativo «sin» y «recordar» o «memoria». Y eso precisamente (olvidar, no recordar) es lo que decreta por ley una amnistía.

Conviene aquí distinguir la amnistía del indulto, pues este perdona la pena pero el delito continúa existiendo, y también de la prescripción, que opera por el simple paso del tiempo. Pero la amnistía ni perdona ni espera: no es clemencia sino mandato de desmemoria. Y para avalar esa ficticia preterición, alega el Tribunal Europeo que resulta útil para «reducir tensiones institucionales y políticas y facilitar un escenario de reconciliación». Si amnistía proviene del griego «amnestia» y significa olvido, reconciliación viene del latín «reconciliatio», que une el prefijo -re (de nuevo) al verbo conciliare (unir, congraciar, poner de acuerdo). Comparte raíz, además, con la palabra concilium, la aasamblea donde las partes se reúnen y se reconocen. Reconciliación, pues, exige que dos voluntades se acerquen y compartan el afán por reconstruir algo compartido.

¿Es en unir de nuevo, en reconstruir lo compartido, en lo que piensan los separatistas? Carles Puigdemont calificaba el fallo como un «triunfo político del independentismo ante los poderes del Estado». Desde su entorno se afirmaba que la sentencia les ampara para «volverlo a hacer». Miriam Nogueras afirmaba que esto es la demostración de que la vía del exilio ha sido la más efectiva para doblegar a España. Oriol Junqueras lo celebraba como una «victoria política del independentismo» y exigía su aplicación inmediata. ¿Son compatibles los verbos «doblegar» y «reconciliar»? ¿Hay asamblea de iguales cuando una parte se declara victoriosa sobre la otra mientras esta es obligada aplaudir el olvido? ¿Es a eso a lo que ha dado licencia el Tribunal de Luxemburgo? Si la sentencia europea habla de reconciliación y sus beneficiarios de lo que hablan es de someter al Estado, uno de los dos está utilizando mal la palabra. O usándola con toda intención: apropiarse del vocabulario de la concordia para blindar, en realidad, una victoria unilateral que pasa por la impunidad.