Juan Carlos Girauta-ABC
En lo fácil que resulta desmontar sus patrañas se nota la debilidad del Ejecutivo
Seguimos a vueltas con la noche del trajín maletero, noche oscura de Schengen, de secretos maduros y largas despedidas. Noche de autos y noche del auto de incógnito. Noche de Barajas barajando lo que la Justicia revelará tarde o temprano. Noche larga y sin luna de una nación hermana condenada al éxodo de cinco millones de almas, entre el fuego paramilitar, el hambre y la tortura de sótano. Noche cerrada, tiniebla que recorre, contra el sol, el océano. Cuando las sombras cubren nuestra democracia en almoneda. Noche de una Venezuela que a nadie importa, Calvo dixit. ¡Salvo a su compañero Zapatero, parece, pues no deja de cruzar el charco!
El Gobierno tiene un problema de magnitud considerable. La Audiencia ya rastrea, ay, los dineros de Morodo, el hombre de Zapatero y Chávez. Mientras una vicepresidenta se mofa de la miseria y de la sangre, lucha con la gramática y llama a desentenderse de todo, otra vicepresidenta se lo pone imposible. Fue la vicetirana quien puso a rodar la bola de nieve con su capricho de violar las restricciones europeas. ¿Qué habría en las maletas para exigir tan alto sacrificio a España y para que nuestro Gobierno lo aceptara? ¿Qué tendrá Delcy para que el sanchismo-redondismo se avenga a perpetuar una cadena de mentiras que nos deprecia en Europa y nos enemista con EE.UU.?
Cuántas excusas cogidas por los pelos, inútiles. Tras el desesperado «¡No pisó Schengen!» de Marlaska, trola con la que carga para su vergüenza la tropa paniaguada, viene un eslabón más débil aún: el recurso a la Protección de Datos. Ábalos, que había llegado para quedarse, se tambalea. En lo fácil que resulta desmontar sus patrañas se nota la debilidad del Ejecutivo. Véase:
Para empezar, la legislación que Ábalos invoca (Reglamento 2016/670 UE y Ley Orgánica 3/2018) no es directamente aplicable a la investigación de delitos ni a los procesos penales, según el propio Reglamento (artículo 2.2.d). Existe una Directiva sobre Protección de Datos que debió trasponerse antes del 6 de mayo de 2018. No se ha hecho. Sin embargo, dicha norma tiene efectos: nuestros tribunales deben aplicarla sin más (efecto directo) cuando se diriman derechos de particulares frente a los poderes públicos, o atenerse a ella en la interpretación de las leyes anteriores (principio de interpretación conforme). En este último caso, se forzará al límite la legislación interna en busca de conformidad, y se prohíbe la interpretación contra legem.
No hay duda: el juez puede solicitar las cintas, las partes tienen derecho a aportarlas y los operadores tienen la obligación de facilitarlas. La excusa de Ábalos recuerda el reciente caso del asaltante de una joyería de San Bartolomé de Tirajana, cuyo recurso fue desestimado por el Tribunal Supremo; alegaba el amigo de lo ajeno que las cámaras de videovigilancia situadas en el exterior del establecimiento habrían violado su intimidad.