Seguridad Nacional, alternativa al 155, frente al desafío soberanista

EL MUNDO – 08/07/17

· El Gobierno se inclina por aplicar esta ley frente al desafío soberanista en lugar del conflictivo artículo de la Constitución.

· Está sobre la mesa y cada vez cobra más fuerza. Fue una herramienta creada en 2015 tras un acuerdo entre el PP y el PSOE, entonces dirigido ya por Pedro Sánchez.

· Una herramienta que a las formaciones soberanistas catalanas les despertó suspicacias desde el minuto uno y que, incluso, llevaron ante el Tribunal Constitucional sin éxito.

Entendían que esa herramienta les podía restar competencias. Ahora, en Moncloa se inclinan por ella como el elemento más idóneo para, llegado el caso, tener que frenar el referéndum ilegal anunciado por Carles Puigdemont para el próximo 1 de octubre.

Se trata de la Ley de Seguridad Nacional, una normativa que faculta directamente al presidente del Gobierno, vía real decreto, para decretar una «situación de interés para la seguridad nacional» y organizar una estructura que garantice «la defensa de España y sus principios y valores constitucionales».

El Ejecutivo tiene sobre la mesa esta herramienta, como alternativa a una posible aplicación del artículo 155 de la Constitución, que genera más contestación política incluso entre los partidos constitucionalistas. Desde las filas socialistas, su portavoz parlamentaria, Margarita Robles, ya se mostró el pasado jueves contraria a apoyar una resolución en esta línea por parte el Ejecutivo.

Según las fuentes consultadas por EL MUNDO, ante esta perspectiva y vistas sobre la mesa todas las opciones para frenar el desafío catalán si sus responsables decidieran llevarlo a sus últimas consecuencias, la Ley de Seguridad Nacional está cobrando mucha fuerza como primera opción para el Gobierno.

Primero, porque fue creada por consenso entre los dos grandes partidos en una fecha tan reciente como septiembre de 2015 (fue publicada en el BOE el día 29 de ese mes), con lo que en principio se evitaría un cisma político relevante. La ley fue fruto de un gran acuerdo entre populares y socialistas en la última legislatura útil. Un proyecto del Gobierno que fue enmendado a fondo por el PSOE.

En segundo lugar, el texto fue pensado precisamente para hacer frente a una situación que ponga en riesgo el orden constitucional.

Durante las últimas semanas se han producido varias reuniones entre responsables de La Moncloa y del Ministerio del Interior en las que se ha estudiado la viabilidad de esta opción. Si finalmente el Gobierno se decantara por ella, el momento de aplicar la Ley de Seguridad sería cuando se dieran pasos decisivos y por escrito hacia una convocatoria del referéndum del 1-O, según apuntan fuentes cercanas al Ejecutivo.

El texto pactado en 2015 entre populares y socialistas es claro: «Se entenderá por seguridad nacional la acción del Estado dirigida a proteger la libertad, los derechos y bienestar de los ciudadanos».

La ley establece una fase inferior a la declaración del estado de alarma o de excepción: la «situación de interés para la seguridad nacional». Se tratan todas ellas de momentos críticos en los que el Gobierno amplía sus facultades para hacer frente a alguna amenaza.

En el caso de la Ley de Seguridad, se contempla que el jefe del Ejecutivo asuma una serie de funciones para poder dar órdenes en todos los ámbitos de la Administración, incluyendo todas las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

En el artículo 24 de la norma se establece primero que «la situación de interés para la seguridad nacional se declarará por el presidente del Gobierno mediante real decreto». Esto supone una diferencia importante frente al artículo 155 de la Constitución, cuya aplicación requiere un trámite parlamentario.

La declaración de esta «situación de interés para la seguridad nacional» debe incluir «la definición de la crisis», «el ámbito geográfico del territorio afectado» y «la duración y, en su caso, posible prórroga».

Asimismo, contempla la posibilidad del «nombramiento de una autoridad funcional», en cuyo caso se deben «determinar sus competencias para dirigir y coordinar las actuaciones que procedan».

Igualmente, se deben determinar «los recursos humanos y materiales necesarios para afrontar la situación de interés para la seguridad nacional, previstos en los correspondientes planes de preparación y disposición de recursos, así como otros recursos adicionales que se requieran en cada caso».

En un artículo publicado por el presidente del Gobierno en EL MUNDO tras la aprobación de la ley, apuntaba que esta nueva norma nacía para «proteger la libertad y el bienestar de los ciudadanos, garantizar la defensa de España y sus principios constitucionales».

Rajoy añadió que con esta nueva reglamentación, «sin verse afectados los derechos fundamentales y las libertades públicas, se precisa de una cooperación reforzada de todos los instrumentos del Estado». Así, «España está mucho mejor preparada para proteger lo que más queremos: nuestra democracia y los derechos y libertades de los españoles».

EL MUNDO – 08/07/17