EL CORREO – 14/06/14
· Joaquín Giménez aboga por suprimir la incomunicación de los terroristas detenidos y que se favorezca el acercamiento de presos.
El magistrado del Tribunal Supremo Joaquín Giménez abogó ayer por eliminar las «excepcionalidades» que se incluyeron en la ley para combatir a ETA. El juez, que intervino en unas jornadas en Bilbao organizadas por la Fundación Sabino Arana, se refirió, en concreto, al periodo de incomunicación de cinco días –cuando lo habitual son tres– que se aplica a los detenidos por terrorismo y a la dispersión. «Hay que ir a la realidad y hay que procurar ir eliminando situaciones excepcionales de respuesta excepcional. Es evidente que el terrorismo es uno de los casos más típicos en el que se puede producir una respuesta excepcional, al hilo de la excepcionalidad del ataque», aseguró. En su opinión, el tiempo abierto desde el anuncio por parte de ETA del cese definitivo de la actividad armada obliga a adaptar la práctica legal.
«Ha llegado la hora de que desaparezca la incomunicación», insistió y metió en el mismo paquete la «no elección del abogado y la prolongación de la detención». A su juicio, este tipo de medidas especiales no deben «eternizarse». Giménez, considerado uno de los referentes dentro del sector progresista del Tribunal Supremo, advirtió, en este sentido, que en todo proceso penal existen unas «garantías» que hay que respetar, «unas líneas rojas que no se deben traspasar». «Por lo tanto –prosiguió– esas construcciones del Derecho Penal del enemigo y demás es el ‘no Derecho’. Si algo define el Estado de Derecho son las garantías del procedimiento».
El magistrado realizó estas declaraciones en un receso de unas jornadas organizadas por la Fundación Sabino Arana bajo el título ‘El Derecho Penal ante el final de ETA’, en la que, entre otros, también participaron el presidente del Tribunal Superior vasco, Juan Luis Ibarra, el fiscal superior, Juan Calparsoro, el secretario de Paz y Convivencia, Jonan Fernández, y el expresidente del Parlamento vasco Juan Mari Atutxa. Giménez se manifestó, asimismo, a favor del final de la dispersión de los presos de la banda, una posición que lleva años defendiendo. Abogó, en esta línea, porque tanto Instituciones Penitenciarias, primero, como los jueces, después, acepten las solicitudes que el colectivo de reclusos ha comenzado a tramitar para que se les acerque a cárceles próximas a sus domicilios.
Pruebas suficientes
El integrante de la Sala Segunda del Supremo abordó también la reciente sentencia de la Audiencia Nacional en la que se absolvió a 40 jóvenes acusados de pertenecer a Segi, organización ilegalizada por estar al servicio de ETA. En opinión de Giménez, el tribunal ha adoptado la «solución correcta» porque en esa sentencia queda patente «un respeto a las garantías» procesales. Subrayó que la absolución de estas personas no supone «el fracaso del sistema», sino «todo lo contrario». «Se hace justicia tanto condenando como absolviendo», enfatizó. El magistrado quiso advertir de un detalle de esa sentencia, el que alude a que «las autoinculpaciones en sede policial o judicial» no se pueden aceptar como prueba de cargo suficiente para sostener una condena. «Estoy absolutamente de acuerdo con que no se pueden aceptar», explicó.
Finalmente, el juez ahondó en el principio jurídico de que en el proceso penal «la persona a proteger es el imputado». «Sea por el delito que sea, desde el terrorista más sanguinario a la corrupción económica más grave, entra inocente en el juicio y será por la prueba que se hace en el juicio que podrá salir condenado. Porque él no tiene que acreditar que es inocente», advirtió.
EL CORREO – 14/06/14