ABC – 05/11/15 – ISABEL SAN SEBASTIÁN
· El artículo 155 es lícito, legal y legítimo. Sería muy de agradecer que los llamados a aplicarlo manifestaran su fe en esa legitimidad.
Cuando un ministro del Gobierno tilda al artículo 155 de la Constitución de «bomba atómica» mientras el presidente evita escrupulosamente referirse a él por su nombre, el mensaje que se está enviando desde el Ejecutivo a los sediciosos catalanes es inequívoco: «Tranquilos, que no vamos a intervenir la autonomía; nos parece una medida desproporcionada». Exactamente lo que necesitan oír ellos para seguir adelante con su proceso rupturista sin miedo a las consecuencias, como hicieron hace un año con ese referéndum ilegal que, según La Moncloa, no iba a celebrarse, pero que tuvo lugar sin impedimento alguno y, a fecha de hoy, con total impunidad. ¿Por qué les da tanto miedo a algunos un recurso constitucional impecablemente democrático?
El artículo 155 de nuestra Carta Magna no habla de bombas ni de tanques ni tampoco de la Guardia Civil desfilando por la Diagonal, en expresión desafortunadísima de otro miembro del Gabinete responsable del citado Cuerpo. Dice exactamente lo siguiente: «Si una comunidad autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al presidente de la comunidad autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquella al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general. Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las comunidades autónomas».
Los supuestos contemplados en este texto se cumplen con creces desde hace ya tiempo. Las medidas necesarias para garantizar que el dinero público sea empleado en pagar a las farmacias, por ejemplo, en vez de financiar delitos de sedición, son muy sencillas de tomar y absolutamente incruentas. Consisten en activar el mecanismo legal correspondiente y cursar órdenes a unos cuantos bancos. ¿Dónde está el problema?
El artículo 155 está en la Constitución para defender a nuestra Nación de quienes, como Artur Mas y sus secuaces, pretenden destruirla haciendo caso omiso del ordenamiento jurídico e ignorando las normas del Estado de Derecho. Habría sido conveniente que alguna administración de las muchas que han gobernado se hubiera tomado la molestia de desarrollarlo, pero el hecho de que no haya sido así no lo invalida. Es un procedimiento lícito, legal y legítimo. Sería muy de agradecer que los llamados a aplicarlo empezaran a manifestar su fe en esa legitimidad mencionándolo con naturalidad en sus discursos públicos, porque la capacidad de disuadir al contrario con una amenaza que tú mismo no te crees es nula. Amenaza, sí. Empleemos la palabra armándonos de razón democrática. ¿O vamos a ceder también esa prerrogativa a quienes la practican desde el lado oscuro de la Ley?
ABC – 05/11/15 – ISABEL SAN SEBASTIÁN